Todo lo que surge en torno del caso de la denominada "fiscal viajera" genera desconcierto en la sociedad. Porque al parecer se está mezclando la política con las decisiones judiciales y mientras los sectores involucrados plantean sus disidencias, la gente observa absorta cómo se va dilatando un hecho que en su momento causó sorpresa como consecuencia de actitudes adoptadas por una funcionaria judicial que, por lo menos, necesita una investigación y una pronta decisión final.
Debemos indicar que el tema comenzó cuando se tomó conocimiento de que la doctora Anabel Orozco publicó fotos en su perfil de Facebook en las que aparecía con un grupo de amigas en Brasil, mientras en su trabajo aparecía con parte de enferma como consecuencia de una lumbalgia. Esa licencia médica fue extendida cuando ella aún no regresaba al país y la funcionaria fue a San Luis para participar de un torneo de bridge.
Fue su propio jefe, Alejandro Gullé, quien la denunció e inició el Jury de Enjuiciamiento para expulsarla. Es necesario señalar en este aspecto que más allá de la sanción legal que debiera o no corresponderle, la funcionaria judicial lesionó aspectos éticos en razón de que, por el cargo que sustentaba, tenía y tiene la obligación de educar con el ejemplo, mientras paralelamente cabría preguntarse de qué forma ella podría actuar en casos similares al suyo cometidos por cualquier empleado público y tuviera que intervenir en el caso.
La funcionaria presentó la renuncia en la intención de jubilarse con su cargo y evitar el Jury, pero el gobernador no se la aceptó, mientras en diciembre se aprobó el pedido de Jury para investigar si hubo mal desempeño como funcionario público. Por otro camino avanza la causa penal que podría también destituirla. Sin embargo, mientras desde la Legislatura los integrantes del Jury insisten en acelerar la causa, desde la Justicia aparecen planteos disímiles.
La diferencia radica esencialmente en los "tiempos" del Jury. De acuerdo con lo señalado por los legisladores -tanto del oficialismo como de la oposición- la ley determina que el presidente del organismo debe fijar fecha con un intervalo de 10 a 30 días hábiles, una vez presentadas las pruebas, con lo que la fecha tope sería a fines de setiembre. Expresan que si se supera ese plazo de 30 días, puede presentarse un pedido de nulidad de las pruebas, por considerar que no se cumplió el requisito legal.
Aseguran que si lo pasan a fines de octubre y la defensa pide la nulidad, (la fiscal) va a quedar libre de la expulsión. Según se indica, ya existe un antecedente en ese sentido, ya que hace dos años el Jury destituyó al fiscal Alberto Camargo, pero la Corte Nacional revocó la medida y le permitió acceder a una jubilación.
Sin embargo, desde la Suprema Corte sus miembros comunicaron de manera "informal" no dar lugar al planteo de los legisladores , ratificando la fecha del 26 de octubre, trascendiendo que querían dejar la resolución para después de las elecciones legislativas del 22 de octubre y que, de esta manera, el oficialismo no saque rédito político en tiempo de campaña.
No es nuestra intención opinar sobre la culpabilidad o no de la fiscal, tarea que corresponderá al Jury de enjuiciamiento. Pero nos parece que confundir una situación judicial con un supuesto rédito político es como mezclar peras con manzanas, porque no tiene nada que ver una cosa con la otra. Aquí no se está juzgando "políticamente" a la funcionaria, sino que lo que se investiga y se pone a consideración es su conducta. Con relación a la posibilidad de la causa se "caiga" por cuestiones de tiempos, queremos creer en la responsabilidad de los miembros de la Corte. De no ser así la credibilidad en la Justicia podría lesionarse por parte de la sociedad, que, con una cierta dosis de lógica podría creer que se actuó en forma corporativa.