La falsa médica Giselle Rímolo podría volver a la cárcel: confirman pena de 9 años

La Cámara de Casación fijó la sentencia por estafa y ejercicio ilegal de la medicina de la ex mediática. La acusan de homicidio culposo.

La falsa médica Giselle Rímolo podría volver a la cárcel: confirman pena de 9 años

La justicia penal confirmó la pena de 9 años de prisión para la falsa médica Giselle Rímolo por diferentes delitos, entre ellos por haber ejercido de manera ilegal la medicina y por homicidio culposo, informaron fuentes judiciales.

La sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Alejandro W. Slokar, Angela E. Ledesma y Pedro R. David rechazó los recursos interpuestos por la defensas de Mónica Cristina María "Giselle" Rímolo y de su hermano Fabián Jorge Alberto Rímolo.

El tribunal también rechazó por mayoría el recurso del Ministerio Público Fiscal contra la absolución del farmacéutico que proveía medicamentos legales, pero que luego eran manipulados en la clínica de la falsa médica.

“Giselle” Rímolo fue condenada en 2012 a la pena de nueve años de prisión por ejercicio ilegal de la medicina, setenta estafas y tráfico de medicamentos peligrosos para la salud y por el homicidio culposo de Lilian Stella Díaz, en tanto que su hermano fue condenado por los delitos de estafa y tráfico de medicamentos peligrosos para la salud, reiterado en 70 ocasiones a la pena de cuatro años de prisión.

Rímolo dirigía la clínica llamada “Cidene” dedicada a tratamientos nutricionales para el descenso de peso. Se trataba de un establecimiento que atendía gran cantidad de pacientes, cobrando considerables sumas de dinero.

Según se comprobó, los pacientes eran inducidos a creer que “Giselle” Rímolo era médica, puesto que aquella aparecía en programas radiales y televisivos y era presentada como “doctora Rímolo”, en tanto que en la clínica vestía un delantal con un bordado que decía “Dra. Rímolo”, mientras se instruía al personal de la clínica para que la llamaran de esa forma y exhibía en su consultorio diplomas que solamente una profesional médica podía obtener, llegando incluso a cobrar una tarifa mayor por la consulta con ella que la correspondiente a la atención con otro personal.

En su voto, el juez Alejandro W. Slokar, que lideró el acuerdo, afirmó que: “el ocultamiento de la calidad y combinación del medicamento suministrado configuraba un peligro para los pacientes que consumían aquellos compuestos medicamentosos y la ignorancia acerca de la naturaleza de lo que se consumía elevaba ese peligro, por no conocerse la causa de las complicaciones efectivamente ocasionadas por las drogas suministradas”.

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