La Justicia Federal decidió extraditar a Chile al líder mapuche Facundo Jones Huala y la reacción no se hizo esperar. Hubo graves incidentes en Bariloche, con roturas de vidrieras y avances sobre las fuerzas de Gendarmería que custodiaban la sede del juzgado, mientras algunas organizaciones de izquierda reclamaban en la Capital Federal, en una evidente actitud de contenido político.
Mientras tanto, Jones Huala, quien había renegado de la ciudadanía argentina, por considerar que reside en un territorio "mapuche", ordenó a sus seguidores a que "hagan lo que tengan que hacer", como reclamar y protestar, en la intención de permanecer en "territorio" argentino y evitar ser juzgado por la Justicia chilena, promoviendo explícitamente la violencia.
Para comprender mejor la situación valdría hacer alusión a los hechos en sí. El 9 de enero de 2013, cerca de las 23, Jones Huala y otros dos cómplices, vestidos con ropa militar, encapuchados y a punta de pistola, ingresaron a la vivienda del cuidador de un campo de Río Bueno, en la provincia chilena de Ranco.
En la casa estaba la familia de un trabajador, compuesta por su esposa y cuatro chicos, de 12, 6 y 5 años y un bebé de 6 meses, a quienes los maniataron y los hicieron salir de la vivienda. Inmediatamente después rociaron el inmueble con combustible, prendieron fuego y huyeron.
Jones Huala y sus cómplices fueron detenidos en la casa de una líder espiritual mapuche, quien le había dado refugio y en el lugar la policía incautó una escopeta de fabricación casera y gran cantidad de cartuchos.
La Justicia chilena lo acusó de cuatro delitos: incendio en lugar habitado, tenencia de armas de fuego, tenencia ilegal de munición e infracción a la ley de extranjería, por ingreso clandestino al país. Se le dictó prisión domiciliaria pero se fugó y regresó a la Argentina, donde fue apresado por Gendarmería al cometer una infracción vial.
El fiscal federal argentino planteó la extradición por el incendio de la vivienda y la tenencia de un arma de fuego y dijo que resultaba improcedente la solicitud respecto de las otras dos causas.
Basó su decisión en la Convención Interamericana de Extradición de Montevideo, que establece que el hecho por el cual se reclama la extradición tiene que ser delito tanto en el Estado requirente como en el requerido y ni la tenencia ilegal de munición ni el ingreso clandestino son delitos punibles en la Argentina.
La defensa de Jones Huala alegó que la extradición era improcedente porque consideraba que el proceso en Chile tenía el propósito de perseguirlo por sus opiniones políticas, por pertenecer al pueblo mapuche y por ser de nacionalidad argentina, planteos que fueron rechazados por el juez argentino, quien indicó que "la inexistencia de persecución en el país requirente se refleja en la tramitación del expediente, conforme el debido proceso legal".
Cabe consignar también que la defensa pedirá la intervención de la Corte Suprema de Justicia.
Más allá de la decisión judicial, que habrá que respetar y que tiene sus fundamentos, cabría hacer referencia también a las actitudes asumidas por el líder de la denominada Comunidad RAM (Resistencia Ancestral Mapuche), afirmando la "propiedad" de las tierras para los mapuches y asegurando que se trata de un "territorio", razón por la que no se autoconsidera argentino ni chileno, motivo por el cual también decidió no respetar las leyes de ninguno de los dos países.
Sin embargo ahora, ante la decisión de la Justicia argentina, reclama nuestra ciudadanía y ordena a sus seguidores a que salgan en su defensa.
Es necesario advertir también que no se trata de un avance sobre los pueblos originarios, como intentan calificarlo algunos dirigentes políticos y de organizaciones sociales, sino de establecer el necesario respeto a las leyes y a los acuerdos internacionales.
La comunidad mapuche residente en la Argentina está compuesta por miles de integrantes y en su casi totalidad prefieren vivir en paz e integrados al resto de la comunidad. Ése debe ser el camino a seguir.