En 20 días la Corte provincial se expedirá sobre una sentencia que "recomienda" al Ministerio de Seguridad el diseño y la aplicación de un protocolo para la prevención de la violencia intrafamiliar para policías y penitenciarios, que observe un especial enfoque de género orientado a la prevención de la violencia contra la Mujer.
Ayer, la sala penal de la Corte, conformada por José Valerio, Mario Adaro y Omar Palermo realizó una audiencia oral para tratar la casación del fallo que condenó a prisión perpetua al policía José Miguel Ontiveros (36). El uniformado fue sentenciado por los asesinatos de su suegra, Gabriela Fernández (44), y su sobrinito, Benjamín Monje (8), ocurridos el 21 de setiembre de 2014 como una suerte de venganza contra su ex pareja, de quien se estaba separando.
Más allá de que la Corte confirme o rechace el planteo de casación del defensor Alejandro Hidalgo, deberá expedirse sobre este protocolo para uniformados que está incluido en la sentencia, a pedido de los abogados querellantes Carlos Varela y Alejandro Acosta (con la participación de Carolina Jacky como "amicus curiae").
Es que, además de la prisión perpetua, los querellantes solicitaron “medidas de satisfacción y no repetición” y a modo de reparación, disculpas públicas de la Policía de Mendoza y de la Suprema Corte de Justicia a los familiares de la víctimas.
demás los querellantes solicitaron que se elabore un protocolo para evitar casos como éstos (que ya tenían denuncias previas a los asesinatos).
Estas medidas de satisfacción y no repetición apuntan -según un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos- "al reconocimiento de la dignidad de las víctimas, el consuelo de los derechos humanos de que se trata, así como evitar que se repitan violaciones como las del presente caso".
En sus últimos pronunciamientos la CIDH las llama "medidas de reparación integral: rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición".
Medidas
El fallo de la Primera Cámara del Crimen -firmado por los jueces Mateo Bermejo, Lilia Vila y Víctor Comeglio, de marzo del 2016- hace las siguientes "recomendaciones" a las autoridades de las fuerzas de seguridad de Mendoza, es decir al Ministerio de Seguridad:
1) Diseñar, implementar y controlar el cumplimiento de un "Protocolo de Actuación para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar" para las fuerzas de seguridad que sea superador de las atribuciones de la Inspección General de Seguridad. El mismo debe tener un enfoque de género orientado a la "Prevención de la Violencia contra la Mujer" en el ámbito de la Policía de la Provincia de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial.
2) Diseñar e impartir cursos de capacitación para la prevención de la violencia Intrafamiliar con un especial enfoque de género orientado a la "Prevención de la Violencia contra la Mujer" en el ámbito de la Policía y del Servicio Penitenciario Provincial.
3) Asegurar la adecuada atención médica y psicológica -según los estándares de la Corte IDH- a las víctimas de este fenómeno delictivo en general y, en particular, a los miembros de la Familia Monje como afectados directos .
Es que el fallo de la Primera Cámara del Crimen sostiene que en este caso “se ha advertido los riesgos de una eventual responsabilidad internacional del Estado al haber tenido conocimiento distintas instancias por parte de la Policía de Mendoza de un conflicto intrafamiliar con una marcada situación de violencia sin que se hayan tomado las medidas de prevención”
Además “las medidas de prevención y protección de carácter judicial que prima facie fueron tomadas de acuerdo con la legislación vigente, se han evidenciado ineficaces en este caso para prevenir el suceso trágico”.