La Corte rechazó un reclamo de un docente que exigía pagos desde 2017 sin haber trabajado

El profesional tuvo un cargo titular hasta 1986, cuando se fue del país. Cuando regreso, pidió su reincorporación, que fue rechazada.

La Corte rechazó un reclamo de un docente que exigía pagos desde 2017 sin haber trabajado
La Corte rechazó un reclamo de un docente que exigía pagos desde 2017 sin haber trabajado

La Corte denegó la demanda de un docente que había exigido su reincorporación a un cargo titular como “ayudante de trabajos prácticos” (ATP), así como los pagos que este exigía, pendientes desde 2017, por no haber logrado recuperar su empleo.

Según se explica en la resolución de la Justicia, Luis Salvador Baglione inició acciones legales contra la Dirección General de Escuelas a fin de solicitar el puesto que tenía y “los salarios caídos, intereses legales y costas”.

El docente expresó que tomó posesión del cargo en agosto de 1981, y luego por razones personales radicó su domicilio en el exterior y gestionó la baja en septiembre de 1986. En junio de 2017 regresó y quiso recuperarlo, pero no tuvo respuesta favorable.

Directamente la pretensión de Baglione no fue resuelta, y por ello podía interpretarse como una “clara voluntad de la accionada (DGE) de negar lo peticionado”. Además, al no resolver el pedido, el docente afirmó que se le negaron “tácitamente” sus salarios, y se restringieron sus ingresos de carácter alimentario.

Por esto último el hombre, por medio de sus representantes legales, solicitaron que se le pagaran sus “salarios caídos, más los intereses legales desde la petición y hasta la fecha de efectiva reincorporación, que se deberían practicar en base a cada salario negado tácitamente, por cada periodo que el actor no cumple su función laboral como docente reincorporado”.

No obstante, para la DGE no corresponde el pago de salarios caídos, porque no hubo una prestación de servicios, y no deben pagarse las tareas que no han sido efectivamente desempeñadas. Sin embargo, el organismo expuso que en la medida en que se compruebe la necesidad real de su inclusión en la planta funcional de la escuela de origen o de otras escuelas, tienen la voluntad de “desbloquear los cargos vacantes”.

Así, para la Justicia, el docente cumplió con los requisitos legales para exigir su reincorporación en la escuela Téncica Industrial Emilio Civit, en la “Especialidad Electricidad”, pero como la DGE por Resolución N°168-DEM-95 mantiene un bloqueo de cargos, por lo que no pudo disponer de la vacante de ATP, hasta tanto no se produzca la derogación de la norma.

Por ello se rechazó la demanda de Baglione, y por ende su pretensión de reincoroporación, “dada la existencia de un impedimento normativo que obsta, en forma temporal, a la recepción de tal petición. Asimismo, se desestima la demanda en cuanto al pago d ellos salarios caídos”.

Igualmente, los jueces Valerio, Gómez y Llorente, definieron “las costas sean impuestas en el orden causado, dado que si bien se ha resuelto el rechazo de la pretensión del actor de ser reincorporado y el pago de los salarios caídos, existió silencio de la administración en la etapa administrativa”.

La Corte resolvió...

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