El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, votó en contra de su propia recusación en una causa en la que un abogado pidió la "inconstitucionalidad" de las designaciones por decreto "en comisión" en el máximo tribunal de los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.
Lorenzetti, junto con los jueces Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, sostuvo que la recusación en su contra planteada por el abogado Carlos José Díaz "resulta claramente improcedente, ya que ni los argumentos expresados por el peticionario, ni los elementos de ponderación acompañados permiten tener por configurados los hechos descriptos".
"Aún tratando de comprender el impropio planteo del recusante, las expresiones que se le atribuyen al señor juez Ricardo Luis Lorenzetti tampoco permitirían anticipar cuál habría de ser su criterio para resolver la presente causa“, sostuvo el fallo, firmado por el propio Lorenzetti.
El abogado Díaz presentó directamente ante la Corte una acción de amparo pidiendo la inconstitucionalidad del decreto 83/2015, mediante el cual fueron designados "en comisión" Rosenkrantz y Rosatti.
En ese expediente, Díaz pidió que Lorenzetti no interviniera, argumentando que "se ha reunido en días recientes con el titular del Poder Ejecutivo“ y "dicho encuentro no ha sido una cuestión protocolar sino que ha tenido por objeto el famoso decreto del PEN para nombrar a dos empleados en Comisión en la Corte“.
Lorenzetti según Díaz- "ya ha emitido opinión, admitiendo que le tomará juramento a ambos“ juristas designados en comisión en el máximo tribunal.
Cuando un juez de primera instancia es recusado, puede rechazar la recusación y la causa pasa a revisión del tribunal de alzada, pero en el caso de la Corte no hay revisión posible, de modo que la recusación de Lorenzetti, rechazada por el propio voto de Lorenzetti para formar mayoría de tres votos, es una decisión firme.
"La falta de seriedad de la recusación formulada determina que deba ser rechazada en forma liminar, pues de lo contrario se correría el riesgo de permitir el apartamiento de los jueces naturales de la causa por la simple reproducción de comentarios de terceros que arrojan hipótesis acerca de la intencionalidad de los magistrados en la toma de decisiones propia de su función jurisdiccional“, sostiene el fallo de la Corte.
La Corte confirmó a Lorenzetti y, en ese mismo contexto, rechazó habilitar la instancia para tratar la inconstitucionalidad de las designaciones de Rosenkrantz y Rosatti.