Avanza en la Suprema Corte el aval judicial al Ítem Aula

Según fuentes del propio tribunal, el fallo sería inminente. Respaldaría la polémica decisión del gobierno de Cornejo.

Avanza en la Suprema Corte el aval judicial al Ítem Aula
Avanza en la Suprema Corte el aval judicial al Ítem Aula

Los siete integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la provincia consideran que el polémico Ítem Aula respeta la normativa constitucional y no viola derechos laborales.

Así se dará a conocer oficialmente en los próximos días, una vez que el máximo tribunal tenga redactada una decisión que ya está adoptada.

Al menos cuatro de los integrantes de la Suprema Corte acompañan en pleno la actual normativa que limita las ausencias mensuales y anuales de la docencia.

A la tercera falta en un mes -y a la primera en caso de huelga- todo docente (público y privado) pierde el 10% de su básico, estado docente, antigüedad y zona. Y si acumula 10 faltas en un año deja de percibirlo por lo que resta del ciclo lectivo.

Entre dos y tres jueces supremos “recomiendan” modificaciones. Consideran que su redacción actual habilita hacia el futuro la presentación de nuevos recursos judiciales que deberán resolverse puntualmente.

Este criterio es mayoritario (2 a 1) en la Sala II (Penal y Laboral) que integran los jueces Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio, pero minoritario en el plenario del tribunal.

En abril del año pasado la Sala II había ordenado al Gobierno el pago del Ítem Aula a docentes con "cambio de funciones". Un año antes la jueza del 8vo. Juzgado Civil, María Guzmán, había rechazado una acción de amparo.

Ahora, todo indica que los jueces Jorge Nanclares, Pedro Llorente, Alejandro Pérez Hualde y Valerio -que ingresaron a la Suprema Corte bajo gobiernos radicales- se han pronunciado por la constitucionalidad sin modificaciones.

Entre los jueces que llegaron al máximo tribunal durante gobiernos peronistas  -Palermo, Adaro y Julio Gómez- al menos los dos primeros han formulado recomendaciones para que se restrinjan los casos de exclusión en la percepción del Ítem Aula.

Sobre el voto de Gómez existen versiones cruzadas que lo ubican en uno y en otro lado.

La caída de la acción de inconstitucionalidad promovido por el Sindicato Unido Trabajadores de la Educación (SUTE), el Sindicato de Docentes Privados (Sadop) y seis docentes particulares, significa en los hechos un triunfo político-judicial para el gobernador Alfredo Cornejo.

Habilita a los gremios docentes la posibilidad de nuevas acciones ante la Corte Nacional y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

“Si el Ítem Aula no cae en la Suprema Corte, lo frenaremos en la calle”, disparó el titular del SUTE, Sebastián Henríquez durante el acto del 1 de Mayo en la Plaza Independencia. Confirmó así que la respuesta a un rechazo judicial será la profundización del plan de lucha.

En diciembre pasado el propio gobernador solicitó que se resolviera el tema en el plenario de 7 miembros y no en la Sala II, de 3 integrantes.

Presentó un escrito que remitió a los presidentes del máximo cuerpo judicial, Nanclares, y de esa sala, Valerio. Lo hizo en momentos en los que el proceso estaba a punto de finiquitarse en la Sala a favor de las “recomendaciones”.

Nanclares y Valerio aceptaron el pedido de Cornejo mediante un plenario con tiempos acotados. Por entonces el gobernador argumentó “trascendencia institucional” y la “necesidad de un fallo categórico y no ambiguo”.

El titular del SUTE, Henríquez, denunció "un golpe institucional" y acusó a Cornejo de interferir en el funcionamiento del Poder Judicial.

El ítem Aula fue propuesto por el gobierno en la paritaria docente de 2016 y rechazado desde un primer momento por el SUTE y por Sadop.

Luego de tres reuniones en las que insistió con algunas modificaciones de aplicación consideradas “insuficientes” por el gremio, el Ejecutivo lo dispuso por decreto.

Al incluir cambios en la estructura salarial el tema llegó a la Legislatura. En Diputados alcanzó una discutida aprobación final con el voto de desempate del presidente de la Cámara, Néstor Parés (UCR) y las abstenciones de los oficialistas díscolos, Marcos Niven (PD) y Guillermo Pereyra (PRF).

El propio proceso de aprobación fue uno de los argumentos esgrimidos en la acción del SUTE, ya que impugnó la doble abstención sin solicitud previa y el desempate en segunda y no en tercera votación.

Pero el argumento central de la acción judicial fue “la vulneración de derechos constitucionales y de convenios colectivos”. Entre ellos se mencionó “el vigente derecho de hasta dos años de licencia por enfermedad de largo tratamiento con goce íntegro de haberes” (decreto 1276-2006). En tanto la acción presentada por Sadop hizo hincapié en “la violación del derecho constitucional de huelga”.

El Ítem Aula se mantiene hasta hoy como la principal diferencia existente entre el Gobierno y los gremios docentes. La paritaria del sector registra tres fracasos consecutivos en tres años.

Cronología

Marzo 2016

El Ejecutivo decreta el Ítem Aula. Rechazo del SUTE. Diputados lo aprueba por desempate.

Agosto 2016

El SUTE presenta en la Suprema Corte una acción de inconstitucionalidad que ingresa en la Sala II.

Setiembre 2017

La Sala II anuncia un fallo para diciembre de 2017.

Diciembre 2017

El Gobernador pide a la Suprema Corte que resuelva el tema en plenario. El tribunal acepta. El SUTE, protesta.

Mayo 2018

El plenario consideraría constitucional al Ítem Aula.

Claves

Monto. El Ítem Aula es el 10% de la suma de la asignación de clase, estado docente, zona y antigüedad.

Lo reciben. Titulares y suplentes y en cambio de funciones educativas.

Se pierde por más de tres faltas al mes o diez anuales en licencias contempladas (enfermedad) o por un solo día de huelga.

No lo cobran las licencias gremiales, las misiones especiales no educativas y algunas licencias prolongadas.

Sí lo cobran las licencias anuales, por accidente laboral, enfermedad profesional o terminal, embarazo y violencia de género.

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