La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció este martes que la reducción del IVA y del impuesto a las ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias.
Así, el máximo tribunal de Justicia falló a favor de los gobiernos provinciales que habían presentado amparos contra decretos con los que el presidente Mauricio Macri estableció medidas para aliviar el bolsillo de los consumidores y contribuyentes tras las elecciones primarias.
El fallo de la Corte lleva la firma de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Mientras que el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia.
La Corte dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos n° 561/19 y n° 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y de las resoluciones generales AFIP n° 4546/19 y n° 4547/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional.
No debe afectarse la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.