La Anmat prohibió la venta de una leche en polvo y un aceite de oliva mendocino

Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial e incluye varios productos por mala rotulación.

La Anmat prohibió la venta de una leche en polvo y un aceite de oliva mendocino
La Anmat prohibió la venta de una leche en polvo y un aceite de oliva mendocino

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de varios productos, entre ellos, una leche en polvo, un agua y un aceite de oliva mendocino.

En primer lugar, se prohibió en la disposición 8133/2019 publicada en el Boletín Oficial una leche entera en polvo instantánea rica en Hierro, Zinc y Vitaminas D, A y C, peso neto 800 gr., marca Óptima, RNPA N° 21-447109 y una leche entera en polvo instantánea fortificada con Vitaminas A y D, peso neto 400 gr., marca Óptima, RNPA N° 21-447108", elaboradas y envasadas por SENASA S-I-05515 – RNE N° 21-442338, bajo el R.N.E. 21-442338.

Según informó el organismo, ambos productos se encontraban mal rotulados, “en infracción al artículo 3° de la Ley 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y a los artículos 6° bis, 13° y 155° del C.A.A., por carecer de las autorizaciones de producto (R.N.P.A.) y de establecimiento (R.N.E.), resultando ser un alimento falsamente rotulado, y ser en consecuencia ilegal”.

En la disposición 8157/2019 se comunicó una medida similar respecto al aceite de oliva extra virgen, marca San Rafael de Cuyo, de Mendoza, Blend de diferentes varietales de aceituna, y envasado por San Rafael de Cuyo S.A., RNE 020-42365, RPPA N° 02175034, como asimismo de todo producto del RNE 020-42365, por estar falsamente rotulado.

Se trata de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, se decidió que no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18.284.

También, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional remitió estas actuaciones al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria con motivo de evaluar las medidas a adoptar respecto de su promoción en la plataforma de venta electrónica Mercado Libre.

En el caso del agua se trata de la marca Nativa, bajo sodio, Naturalmente Agua, debido a que el Departamento Provincial de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental de la provincia de Chubut informó que se trata de un producto falsificado.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA