La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de varios productos, tal como quedó informado en el Boletín Oficial.
El organismo detalló que prohibió el aceite de girasol marca Marolio, elaborado y fabricado por Vicentin S.A., envase de 4,2 litros, por carecer de registros y estar falsamente rotulado, dado que utiliza información de un alimento genuino, pero este resulta ser en consecuencia un producto ilegal.
Las actuaciones comenzaron a partir de un informe del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria que daba cuenta de irregularidades detectadas por un particular y denunciadas ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL.
El denunciante explicó que "ignora si el producto se encuentra adulterado, ya que desconoce su contenido toda vez que la promoción se realiza a través de la red social Facebook y se comercializa en algunos puntos del mercado central de la provincia de Buenos Aires".
La Anmat también prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de una yerba mate con palo de la marca Ríos (RNPA N° 14026057, RNE N° 14000758, Mitre 33, Entre Ríos, Argentina con el logo Oficial de Alimento Libre de gluten), según indicó en la disposición 379/2020.
"El producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente rotulado", informó la Anmat, que añadió que tomó esta medida para proteger la salud de la población.
También quedó prohibido un quitaesmalte rotulado como "ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH", ya que carecía de codificación de lote y vencimiento.
La Anmat señaló que la medida se concretó a fin de proteger a eventuales usuarios del producto cosmético, debido a que no se declaran datos veraces en su rotulado, se desconoce su origen y por tanto no se puede garantizar que haya sido elaborado con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto. Por estos motivos, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió sacarlo del mercado.
Por último, quedó prohibido el baño de repostería fantasía blanco marca Emeth RNPA Nº 02-516955, RNE Nº 02-032601, Lote Nº 190730, vencimiento 02/2021 por encontrar en infracción al artículo 155 tris y 155 del Código Alimentario Argentino, al presentar un contenido de ácidos grasos trans mayor al 5%. "Siendo en consecuencia ilegal", dijo la Anmat.