Las imágenes de Julieta Silva que dan vuelta por las redes sociales en las que se la ve de festejo mientras cumple con la prisión domiciliaria luego de ser condenada por haber atropellado y matado a Genaro Fortunato en setiembre del año pasado, causaron revuelo y en especial mucho malestar en la familia de la víctima.
Silva fue sentenciada a 3 años y nueve meses de reclusión por homicidio culposo pero el Tribunal Penal Colegiado de San Rafael le otorgó el beneficio de cumplir la pena con arresto domiciliario.
Desde que se conoció la sentencia, los Fortunato aseguraron que recurrirían a la Corte para apelar la decisión, y así lo hicieron.
Pero también se mostraron disconformes y altamente críticos con los magistrados por el beneficio que le dieron a Silva de cumplir la prisión en la casa. Ellos a través del representante legal y junto con la fiscalía, habían pedido que pasara a la cárcel.
A poco de cumplirse un mes y medio de la sentencia que le impusieron a Silva, la hermana de Genaro, Ariadna Fortunato, puso en duda el cumplimiento de la prisión domiciliaria además de cuestionarla de arriba a abajo.
"Qué triste se la ve, realmente muy amargada, igual de mal que una persona que comete un 'accidente'. Ella tan feliz y tan plena disfrutando con todas sus amigas, con su nuevo novio, con su familia, tomando alcohol, saliendo, porque está claro que no cumple el arresto domiciliario", publicó la joven.
"A nosotros nos arruinó la vida para siempre la hija de re contra mil p.... Mi único propósito en la vida desde el 9/9/17 es que Dios te devuelva el triple del dolor que vos nos ocasionase. Asesina. Parece que los 'problemas visuales' se corrigen con el paso de los días, ya no son necesarios los anteojos", agregó Ariadna.
Las fotografías fueron tomadas esta semana y según pudo averiguar Los Andes a través de una fuente que conoce al dedillo la propiedad donde está recluida Julieta, no se violó el perímetro.
"Esa es la casa, es una cocina comedor muy larga con un estar y una puerta plegable, que es la que está en la espalda de la Julieta en una de las fotos", comentó esa fuente que pidió reserva de su nombre.
Alejandro Cazabán, abogado defensor de Silva fue categórico al ser consultado al respecto: "La prisión domiciliaria la cumple absolutamente, nunca violó la prisión domiciliaria, jamás y lo que digan por las redes no lo voy a contestar, que hagan la denuncia en el expediente, nunca jamás hasta el día de hoy violó la prisión domiciliaria".
Para Cazabán, la imputada se ha manejado siempre "dentro del régimen de prisión domiciliaria y está todo dentro del marco de la ley. Respeto a la familia (Fortunato), nunca le voy a contestar a la familia, y si alguien quiere hacer una denuncia que la haga en el expediente. Ella (por Julieta Silva) ha cumplido todas sus obligaciones desde que le dieron prisión domiciliaria hasta el día de hoy", reafirmó.
Para despejar dudas sobre los requisitos que debe cumplir una persona condenada estando con arresto domiciliario, este diario consultó a dos especialistas en derecho penal, al abogado Gustavo Nedic que se desenvuelve en la faz privada y por el otro lado al fiscal correccional Javier Giarolli. Ambos sin vinculación alguna con la investigación o el juicio por la muerte del rugbier sanrafaelino el 9 de setiembre de 2017 afuera de Mona Bar.
Ambos profesionales coincidieron que la prisión domiciliaria es un beneficio que recibe el imputado o la persona condenada que en la provincia y específicamente en San Rafael es muy flexible ya que los jueces en general lo otorgan más allá de los requisitos excluyentes que marca la legislación, tener entre 65 o 70 años, una enfermedad muy grave o hijos pequeños entre otros.
Sin embargo, discrepan en que puede y no puede hacer esa persona que está recluida dentro de la casa.
"La prisión domiciliaria, es un instituto morigerador de la prisión preventiva o la condena con prisión. Morigerar la prisión efectiva con una detención domiciliaria, que se llama cambio de cárcel por casa, no quiere decir que vos vayas a hacer lo que quieras o se te antoja dentro de la intimidad del domicilio", comenzó explicando Gustavo Nedic.
El abogado penalista sostuvo que "Hoy en una sociedad en la que estamos totalmente comunicados es muy común que a través de los medios electrónicos (celulares) se filtre que esa intimidad no se ajustaría al sentido común o al espíritu que tuvo el legislador en su oportunidad para decir que, te otorgo la prisión morigerada, te cambio la cárcel por tu casa, pero tenés que comportarte bien porque tu condena es correctiva", explicó.
"Si vas a la cárcel a ver a un interno, tenés que dar el nombre, te tienen que revisar, pasas una serie de requisitos que a la gente no les gusta y es lo mismo que en tu casa.
No podés recibir a un batallón de gente, de parientes, amigos y menos estar exteriorizando esas conductas de algarabía porque están afectando en forma directa a la víctima. Te estás riendo casi en la cara de la víctima. Y los que se sientan afectados pueden recurrir al tribunal y pedir que se revoque el beneficio de la prisión domiciliaria", añadió Gustavo Nedic.
El fiscal Javier Giarolli, no comparte la visión que tiene el abogado porque entiende que todo queda sujeto a las condiciones que imponga el tribunal que dicta la prisión.
Según Giarolli primero se debe determinar "qué le permitió el tribunal, porque hay gente que estando en prisión domiciliaria puede salir a trabajar, ir a un velorio, al médico o a cuidar un familiar", explicó.
En el caso de reuniones más amplias o festejos fue tajante en su definición, "en eso no hay ningún problema si la persona no está incomunicada, mientras no viole el perímetro no hay inconveniente", y para graficar puso como ejemplo la situación de Milagro Sala, la líder de la Tupac Amarú, mientras permaneció con arresto domiciliario "tenía las reuniones de la Tupac en la casa, se juntaban como 200 personas". Y concluyó el fiscal: "Lo que se debe ver es si el tribunal le pone restricciones y con que fundamentos".