Un par de fallos de la Justicia penal dictaminaron la plena vigencia de la Ley de Juzgados Plurales (9.040) y dieron la razón al gobernador, Alfredo Cornejo, que días atrás criticó duro a los jueces que se niegan a aplicar esa norma.
Por un lado, una sentencia de la 8va. Cámara del Crimen rechazó la pretensión del juez Gonzalo Guiñazú (5a. Cámara), que se declaró "incompetente" en una resonante causa.
El magistrado, desconociendo la Ley impulsada por Cornejo, decía que él no debía actuar y sí la 8va., por haber estado antes en la causa, es decir, por ser "juez natural". Eso le valió la crítica de Cornejo, quien lo trató de "vago" junto al resto de los magistrados que "no quieren ejercer la función que les corresponde".
Por otro lado, un tribunal elegido por sorteo (como manda la 9.040), falló en contra de la apelación que hizo un abogado defensor, con un planteo similar al de Guiñazú.
Conflicto de competencia
Semanas atrás, Guiñazú se declaró incompetente en la causa del femicidio de Julieta González, de setiembre de 2017, en la que se busca enjuiciar al único imputado, Andrés Di Césare. Al juez le tocó (la ley ordena el sorteo) atender la causa. Sin embargo él se excusó por entender que violaba "la prioridad del juez natural".
La 8va Cámara, integrada por Luis Correa Llano, Alejandro Miguel y Ramiro Salinas (alguna vez también criticados por Cornejo, cuando ordenaron la libertad de líderes de la Tupac Amaru), rechazó el planteo de Guiñazú, precisamente en base a la vigencia de la norma.
"Corresponde rechazar la competencia material, pues se encuentra vigente la Ley 9.040", escribieron los jueces, dando a entender que Guiñazú debe seguir con el proceso.
La falta de acuerdo quedó planteada como un “conflicto negativo de competencia”, que deberá resolver la Suprema Corte.
Estrategia fallida
La Ley de juzgados plurales plantea que las instancias de apelación las resuelva un tribunal "por sorteo aleatorio e informático". Así ocurrió en el caso planteado por Ramiro Villalba, defensor en una complicada causa.
El letrado pidió que el tribunal sorteado declinara esa condición, en favor de la 8va. Cámara, que también aquí era "el juez natural".
En este caso, el cuerpo integrado por Alejandra Ratto (2a. Cámara del Crimen), Roberto Uliarte (4a.) y Ramiro Salinas, denegó la petición. Lo hizo con similares argumentos a los del fallo anterior, atendiendo a la vigencia de la Ley 9.040.
Si bien Villalba ha trabajado, en representación del Colegio de Abogados, en la comisión que estudió la aplicación de la nueva norma se supo que su actitud sólo se debió a una estrategia de defensa de su cliente, y no en actitud de desatender a la norma.
El subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino dijo que "se demuestra que Cornejo tenía razón". "Es una época de cambios profundos y jueces como Guiñazú aún no lo entienden, pero las cámaras confirmaron que se debe aplicar la Ley".