El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), que en marzo último dejó firme la absolución dictada a tres hombres acusados del femicidio de Gisela López, en la localidad de Santa Elena en 2016, dio a conocer este lunes los fundamentos del fallo en los que afirmó que "no se ha podido demostrar" la participación de los imputados en el hecho y que la fiscalía "ni siquiera tiene certeza sobre el lugar en que se produjo la muerte".
La Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJER, presidida por Daniel Carubia e integrada por los vocales, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio, dio a conocer los fundamentos de la sentencia que derivó en las absoluciones de Mario Andrés Saucedo (57); su hijo, Elvio Andrés Saucedo (31) y Matías Alejandro Vega (22).
Fuentes judiciales informaron que los jueces aceptaron por mayoría la impugnación extraordinaria presentada por la defensa tras un fallo de la Cámara de Casación de Paraná de abril de 2018 que había anulado la absolución dictada en el juicio oral.
En su voto, el juez Giorgio hizo hincapié en que "lo real y concreto es que ni siquiera el órgano acusador tiene certeza sobre el lugar en que se produjo la muerte de la víctima, puesto que sólo señala una posibilidad y, menos aún, que eso haya ocurrido en el predio" de uno de los imputados.
"Más lejos aún está de demostrar la participación de los acusados en el suceso puntual cuando no ha podido señalar un sólo elemento de convicción que los involucre con el grado de certeza que la etapa del juicio requiere y/o que el tribunal de Juicio haya desoído al sentenciar", aseguró el magistrado.
Además, argumentó que "en el recurso presentado se expone una suerte de impotencia para recolectar elementos de cargo cuando hace mención a una supuesta complicidad policial que entorpeció la investigación, lo que pareciera haber quedado en el terreno de la queja, pues no se hace mención a actividad procesal alguna tendiente a conjurar ese riesgo y/o que se haya perseguido penalmente a los responsables de ese entorpecimiento".
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El vocal Carubia adhirió al voto de Giorgio y así quedó conformada la mayoría, añadieron las fuentes.
Por su parte, la jueza Mizawak opinó que no debía hacerse lugar al recurso de la defensa, ya que consideró que los planteos traslucieron una mera disconformidad con la decisión adoptada,pero no lograron descalificar la argumentación contenida en la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal.
El cuerpo de López (19) fue hallado el 10 de mayo de 2016 en la zona de "El Bajo" de Santa Elena, 18 días después de que la joven desapareciera cuando volvía de la escuela.
La chica murió "por asfixia por compresión de cuello y estrangulamiento mixto, luego de ser agredida física y sexualmente", de acuerdo a la autopsia.
Por el femicidio fueron acusados los Saucedo y Vega, para quienes los fiscales Carolina Castagno y Santiago Alfieri habían pedido la pena de prisión perpetua. Sin embargo, el Tribunal de Juicios, formado por los jueces José María Chemez, Cristina Van Dembrouck y Ricardo Bonazzola, los absolvió y por eso la causa inició su camino hasta el STJER.
Mientras tanto, el Ministerio de Seguridad de la Nación ofreció el año pasado una recompensa de 500.000 pesos para quienes pudieran aportar datos sobre el hecho, quienes pueden comunicarse al Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenada