Este lunes 22 vence el plazo para aceptar el Programa de Reparación Histórica (RH). Había sido aprobado en 2016 por el término de tres años como parte de la "emergencia previsional".
A horas del vencimiento, la ANSeS aclaró que los jubilados y pensionados que tienen el trámite en curso continúan dentro del programa. En tanto, para los que no lo aceptaron ni lo rechazaron y decidan ahora adherir se habilitará un mecanismo especial que atenderá caso por caso. En cambio, los que lo rechazaron ya no podrán volver atrás en su decisión. El lunes se publicará en el Boletín Oficial la Resolución pertinente de la ANSeS.
Los datos oficiales marcan que más de un millón de jubilados y pensionados adhirieron a la RH, de los cuales 886.480 completaron el trámite. De ese total 833.788 fueron enviados a la Justicia para su homologación que ya aprobó 727.112 expedientes.
A su vez, de los ingresados en la Justicia, unos 46.000 tenían juicio iniciado y desistieron de continuarlo de acuerdo a las condiciones del Programa. Los que aceptaron el programa tuvieron ajustes en sus haberes más las correspondientes retroactividades.
Cómo acceder
Para saber si le corresponde la RH y el ofrecimiento de ANSeS, se puede consultar en el sitio de la Anses, en el apartado "Mi ANSeS", Reparación Histórica, con clave de Seguridad Social.
Por el Programa, para quienes tienen sentencia firme las retroactividades se calculan con el índice RIPTE (salarios formales), inferior al que determinó la Corte Suprema en los casos Elliff y Bianco. Para los que están en juicio, se liquidan con ese mismo índice pero con hasta 48 meses de retroactividad y para los que no hicieron juicio, desde la fecha de ingreso al Programa.
Cuando se lanzó la Reparación Histórica, a mediados de 2016, desde el Gobierno se estimó que comprendía a 2,3 millones de personas: 250.000 tenían juicio en curso, 50.000 contaban con sentencia firme y 2 millones cobraban menos de lo que les correspondía.
Por su parte, hay una reducción del número de demandas nuevas -del 54%- porque los que aceptaron la Reparación Histórica desistieron de iniciar juicio, por el paso del tiempo (fallecimientos) y porque la movilidad vigente desde 2009, aprobada por el Congreso, eliminó una altísima fuente de litigiosidad.
En cambio, está pendiente que la Corte se pronuncie, con 11 años de demora, sobre la demanda de “acción colectiva” del ex Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino de mediados de 2008. El reclamo consistía en extender el reajuste de haberes del fallo Badaro de la Corte, que abarca entre 2002 y 2006, a todos los jubilados con derecho a recibirlo, aunque no hubieran hecho juicio contra la ANSeS. Por el paso del tiempo y las sentencias pagadas por la ANSeS, un eventual fallo favorable a los jubilados tendrá un efecto limitado.
El Alto Tribunal también debe pronunciarse sobre la modificación de la ley de movilidad sancionada a fines de 2017 porque fue aplicada en forma retroactiva, lo que sería inconstitucional según el fallo de la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social. Y hay más litigiosidad por diferencias en la liquidación de los pagos de sentencias.
Cuidado con los plazos fijos
Los jubilados y pensionados tienen un mínimo no imponible por Ganancias equivalente a 6 haberes mínimos, hoy de $ 69.170,64, que se ajusta cada 3 meses. Pero si perciben intereses por realizar algún plazo fijo, pierden ese mínimo y les retienen un monto mayor por Ganancias porque se aplica el mínimo no imponible general ($ 38.302, soltero sin cargas de familia). En cambio, si en lugar del plazo fijo, compran dólares u otra moneda extranjera mientras no los venda, no realizarán la diferencia de cambio, y podrán seguir con el mínimo no imponible de 6 haberes mínimos.
“Entendemos que el Congreso Nacional debería revisar esta norma, atento a que en general estas inversiones financieras realizadas por jubilados y pensionados no tienen como propósito obtener una ganancia, sino que tan solo buscan el resguardo del poder adquisitivo de la moneda frente al proceso inflacionario que sufre la economía del país”, dijo el especialista Marcelo Rodríguez, de MR Consultores.
Rodríguez explicó que, para los jubilados y pensionados, la suba de la ganancia no imponible y deducción especial a 6 veces la suma de los haberes mínimos "generó una sensible reducción de la carga fiscal efectiva".