Jubilaciones: deberá pagarse el aumento de 12% en marzo

Es porque toman en cuenta las variables de julio-diciembre de este año. En abril cambiaría a la fórmula acordada con los gobernadores.

Jubilaciones: deberá pagarse el aumento de 12% en marzo
Jubilaciones: deberá pagarse el aumento de 12% en marzo

Si a partir de enero próximo cambia la fórmula de movilidad, como acordaron los gobernadores con el presidente Mauricio Macri, en marzo de 2018 los 17 millones de jubilados y beneficiarios de prestaciones sociales deberían recibir un aumento de no menos del 12 % por el período julio-diciembre de este año.

Además, en abril correspondería otro ajuste de acuerdo a la inflación de enero-marzo de 2018, más un plus que aún falta determinar.

Así explicaron especialistas en Seguridad Social, quienes señalaron que la actual fórmula de movilidad fija que los aumentos de marzo y setiembre de cada año se calculan en base a la evolución de los índices por semestre calendario: la movilidad de setiembre por los índices de enero a junio y la movilidad de marzo por los cambios entre julio y diciembre del año anterior.

En consecuencia, antes que entre en vigencia la nueva fórmula, el aumento correspondiente al período julio-diciembre, que debe pagarse a partir de marzo de 2018, deberá calcularse por la actual fórmula que toma en cuenta por mitades la evolución de los salarios y de la recaudación entre julio y diciembre de este año.

En base a la evolución de estas dos variables, se estima que hacia fin de año la movilidad del semestre julio-diciembre de 2017 no debería ser inferior al 12%.

El especialista Guillermo Jáuregui precisó que si bien la movilidad se concede a partir del primero de marzo y setiembre de cada año, en diciembre ya estará devengado el 100% del aumento que debe abonarse en marzo próximo.

Por tal razón, Jáuregui considera que cualquier modificación al procedimiento solo será válida a partir de marzo de 2018 si se deroga la fórmula actual en el Congreso Nacional y se sanciona la consiguiente reforma.

“Modificar retroactivamente el procedimiento de la movilidad vulneraría la garantía constitucional de la movilidad consagrada en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional", indicó.

Con relación a la garantía de que el haber mínimo sea de al menos del 82% del salario, mínimo y móvil, los especialistas afirman que en la práctica no se modifica la situación actual. El haber mínimo bruto, antes de los descuentos, actualmente es de $ 7.246, 64 y el sueldo mínimo de $ 8.860.

Cambios clave

Más allá del sistema de actualización, las jubilaciones tendrán otros cambios como consecuencia de las reformas laboral y tributaria.

Un de los puntos clave tiene que ver con los recursos que recibirá el Anses. El fondo para jubilaciones será menor a partir de la reducción de cargas patrones impulsada por la reforma laboral.

Si bien el gobierno propuso nivelar los aportes en 19,5% (algunos sectores pagaban 17% y otros 21%), el monto recaudado final será menor, porque la alícuota no se aplicará sobre el total del salario, como hasta ahora, sino sobre una parte.

En el primer año los aportes se calcularán sobre el valor excedente de $ 2.400. Es decir que si un trabajador gana $ 12.000, el cálculo de aportes se hará sobre $ 9.600. A partir del 2019 el mínimo no imponible irá aumentando hasta llegar a $ 12.000 en 2022.

La reforma tributaria hizo un cambio que afectará la recaudación. Según lo determina el proyecto de ley, Anses dejaría de recibir el 20% de lo que el Gobierno Nacional percibe en concepto de Impuesto a las Ganancias. A cambio, recibirá el 100% de lo que se cobre por el Impuesto al Cheque.

La reducción de ingresos provocada por los dos puntos anteriores, sería compensada con un menor incremento para los jubilados el año próximo.
Finalmente, cabe mencionar que el blanqueo de trabajadores planteado por la reforma laboral provocaría un incremento de la cantidad de jubilados.

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