La interpretación jurídica que funda el rechazo radical

En 2009 y 2011, el PJ logró aprobó más endeudamiento sin acatar los dos tercios que indica la Constitución provincial.

La interpretación jurídica que funda el rechazo radical

El tratamiento del proyecto de ley de Presupuesto 2014 deja mucha tela para cortar. Uno de esos aspectos es entender la inflexible actitud del radicalismo, cuyo rechazo que tiene dos antecedentes legislativos en la historia reciente y un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que indica que cuando la Legislatura aprueba en general una ley, aprueba todo lo que va adentro y sin derecho a reclamos.

Antes de entrar en la historia hace falta conocer aspectos de reglamento legislativo. Por un lado, el tratamiento de las leyes consta de dos partes; por un lado el tratamiento en general, en el que cada cámara otorga un aval global; y por el otro la votación en particular, en el que se discute artículo por artículo, con el objeto de corregir detalles de la futura nueva norma.

Otro aspecto tiene que ver con el procedimiento para aprobar leyes, establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial. Hay una cámara que inicia el tratamiento de una ley que se llama "de origen" y otra que observa lo sancionado por la primera llamada "revisora".

En caso de haber modificaciones en la "revisora", el proyecto vuelve a la "de origen" y si ésta decide no aceptar las modificaciones puede insistir en su sanción original con mayoría simple. Y si la "revisora" quiere insistir en las modificaciones que introdujo, entonces debe votarlas con los dos tercios de los presentes.

El primer antecedente

Estos son los elementos necesarios para entender las historias. Hay que remontarse a noviembre de 2009. El entonces gobernador Celso Jaque había mandado un proyecto en el que pedía autorización para tomar crédito por 520 millones de pesos.

Después de tires y aflojes varios, el 19 de noviembre Diputados aprobó 420 millones de pesos. El proyecto pasó a Senado (cámara "revisora") y ahí hubo otro recorte a las pretensiones de Jaque: 380 millones de pesos, que fueron aprobados por los senadores a última hora del 25 de noviembre de 2009. El 30 de noviembre Diputados insistió en sus 420 millones con mayoría simple y el 1 de diciembre el Senado no juntó los dos tercios necesarios para insistir en sus 380 millones.

Los senadores opositores del entonces Frente Cívico presentaron una acción de inconstitucionalidad porque se había autorizado un crédito (en la última insistencia de Diputados) con mayoría simple, cuando la Constitución indica en el artículo 41 que los créditos deben ser autorizados por ley de la Legislatura votada por los dos tercios de cada cámara. En setiembre de 2011, la Sala Primera de la Suprema Corte emitió el fallo sobre esta inconstitucionalidad.

"Estimo que no resulta razonable exigir una mayoría especial como lo es la prevista en el art. 41 de la Constitución en este caso en particular, ya que resulta del análisis de las sesiones de cada Cámara que se había autorizado el endeudamiento en general por lo que reitero que la queja no tiene suficiente sustento jurídico, más bien traduce una reyerta partidista", argumentó el juez de la Corte Jorge Nanclares.

Este párrafo es la clave de la postura inflexible del radicalismo ahora: "Se había autorizado el endeudamiento en general". La votación en general es suficiente para que se reunan los dos tercios necesarios para autorizar un crédito. "Estamos obligados a decir que no", decía ahora el senador Juan Carlos Jaliff.

El segundo antecedente

De hecho, hubo otro antecedente posterior a esta historia, en enero de 2011, el último presupuesto que remitió Jaque a la Legislatura. El miércoles 5 de enero, Diputados estaba en la misma situación que ahora. El oficialismo empujando la pauta de gastos y un endeudamiento por 431 millones de pesos.

El radicalismo anunció que la única objeción que tenía era ese pedido de endeudamiento, así que votaría en general el proyecto, pero forzarían un desempate en particular, con la esperanza de que el PJ no obtuviera los dos tercios para aprobar el endeudamiento.

En aquel momento, la Corte aún no se expedía del caso relatado más arriba (primer antecedente), así que los radicales no estaban avisados. Se votó en general por unanimidad y el presidente de la Cámara Baja Jorge Tanús (hoy en el mismo cargo), hizo la votación en particular a libro cerrado y le bloqueó al radicalismo cualquier intento de forzar los dos tercios.

Meses después llegaba el fallo de la Corte por el caso de noviembre de 2009, que también respondía a los dilemas radicales de enero de 2011: la votación en general alcanza para autorizar el endeudamiento.

Después de eso, los de la UCR se prometieron no volver a caer en esa trampa: o se acuerda previamente con el oficialismo (cómo en los presupuestos 2012 y 2013) o se vota en contra. No hubo acuerdo, entonces todo en contra.

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