Desde el año 2010, cuando se implementó el "sistema de códigos de descuento en los haberes" de los empleados públicos a la fecha, más de 900 empresas se inscribieron para poder ofrecer sus productos o servicios a cambio de pagos que se descontarían directamente del salario de los empleados y a la fecha, son más de 40.000 los compromisos de pago vigentes, lo que representa el 41% de la nómina estatal.
Ante este panorama, el Gobierno provincial decidió reducir el tope máximo -los comercios o entes crediticios podían descontar hasta el 50%- y desde principios de este mes, que entró en vigencia el Decreto N° 1208, las entidades sólo podrán afectar hasta el 20% del salario del empleado.
Según explicó el subsecretario de Modernización del Estado, Ulpiano Suárez, ese porcentaje se obtiene del salario que queda libre por fuera de los descuentos de ley, impuesto a las ganancias y otros ítems como embargos en cumplimiento de obligaciones alimentarias.
"Lo que queda del salario, después de hechos los descuentos es sobre lo que puede disponer libremente el trabajador, pero como Gobierno quisimos preservar el carácter de alimentario que tiene el salario del empleado y adecuamos la normativa provincial a la nacional, estableciendo un tope del 20%", dijo Suárez.
El funcionario explicó que hay empleados que tienen hasta 92 descuentos activos y sólo en agosto se contabilizaron 40.000 descuentos totales, un porcentaje "importante si se tiene en cuenta el total de la planta" (alrededor del 41%).
En cuanto a quienes ya tienen descuentos activos, si bien no se puede aplicar el decreto de forma retroactiva, Suárez señaló que se irán habilitando nuevos cupos de forma progresiva, hasta que nadie tenga afectado más del 20% de su salario de forma mensual.
"La mutual, la farmacia, o el comercio, va a tener que saber que su descuento no va a entrar hasta que se habilite el cupo al empleado", agregó.
Por otro lado, el subsecretario señaló que las empresas también van a tener que cumplir con una serie de condiciones antes de poder generar sus códigos para descuentos.
Deberán estar inscriptas, y con su situación frente al ente recaudador gubernamental regularizada, a fin de que el Estado pueda garantizar que el trabajador no sufrirá "ningún perjuicio, y que accederá realmente al bien que se le ha prometido contra el descuento", finalizó Suárez.
¿Qué dice el decreto?
Se "limitó en el veinte por ciento (20%) del haber mensual neto los créditos a otorgar a los empleados públicos a través de sistema de Códigos de Descuento por las entidades regidas por la Ley Nº 21.526 que ya contaban con códigos de descuento otorgados con anterioridad, restringió el total de descuentos afectables por seguros no obligatorios a un cinco por ciento (5%) del haber mensual neto y excluyó del límite establecido a los descuentos por prestaciones de farmacia a través de los códigos respectivos, para los cuales fijó un tope máximo del diez por ciento (10%) del haber mensual neto, por fuera del límite, en una sola cuota".
Además, se aclara que el porcentaje que se permitía anteriormente (50%) fue declarado "inconstitucional en diversos pronunciamientos judiciales".
El decreto establece que se considerará haber mensual neto al "monto total de los haberes mensuales, del mes calendario anterior, una vez practicadas las deducciones impuestas obligatoriamente por las leyes vigentes, por cuotas sindicales y por orden judicial derivadas de obligaciones alimentarias. Son haberes sujetos a descuentos la totalidad de las remuneraciones y aumentos salariales que perciban los agentes, con excepción de las asignaciones familiares, el sueldo anual complementario, los haberes extraordinarios adicionales o complementarios que se perciban por única vez".
Finalmente, para otorgar un código de descuento, las empresas deben indicar si las cuotas que se cobrarán serán en monto fijo en pesos, o en porcentajes sobre el salario de los agentes o funcionarios, y también informar la finalidad del descuento.