Injusto ataque a las tradiciones culturales mendocinas

Un sorpresivo fallo judicial ordenó en las últimas semanas suspender en los colegios públicos de la provincia los festejos por el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo. La resolución de la jueza interviniente fue a favor de una asociación civil de San Rafae

Injusto ataque a las tradiciones culturales mendocinas

El fallo establece la “inconstitucionalidad” de la Resolución N° 2.616 de la DGE del 12/12/12, por el cual se fijó el cronograma de actividades para el ciclo lectivo de todo el sistema educativo provincial, que incluye dichas conmemoraciones.

La organización que interpuso el amparo dijo en los fundamentos de su presentación judicial que pretende que el Estado “vele por los derechos de todos los habitantes y que no se obligue a los no católicos a celebrar como si fuera parte de la argentinidad un acto que tiene que ver con un culto”.

Resulta llamativo que se hable de inconstitucionalidad de una resolución de un organismo estatal, y de velar por los derechos de personas no católicas, cuando la Constitución nacional deja en claro que “el Gobierno federal sostiene el culto católico, apostólico, romano” y la Constitución de Mendoza determina que es “inviolable en el territorio de la provincia el derecho que todo hombre tiene de rendir culto a Dios o profesar cualquier religión, libre y públicamente, según los dictados de su conciencia, sin otras restricciones que las que prescriben la moral y el orden público”.

Así, como nada obliga al no católico a adherir a un evento de esta religión, por otra parte nada impide la realización de eventos en sintonía con el culto que sostiene el gobierno federal. Pero más allá de lo religioso, la resolución que frenó el festejo en escuelas públicas de la Virgen también apunta contra aspectos culturales muy arraigados entre los mendocinos.

Debe recordarse que el General San Martín declaró en su momento a dicha advocación de la Virgen María como Generala del Ejército de los Andes y a su imagen entregó su bastón de mando.

La corona le fue impuesta en una histórica ceremonia realizada el 8 de setiembre de 1911 y, precisamente, en recuerdo de aquella solemnidad fue decretada esa fecha como fiesta patronal de la provincia. En virtud de esa tradición, desde 1950 la Virgen del Carmen de Cuyo es también considerada Patrona de la Escuela Primaria mendocina.

Las tradiciones culturales deben ser valoradas y respetadas por las autoridades, en este caso judiciales, por formar parte del sentimiento de pertenencia de los pueblos, a su identidad y a su trayectoria.

Por ejemplo, ¿quién puede dudar de la devoción del viticultor mendocino a la Virgen de la Carrodilla expresada todos los años en la Bendición de los Frutos con que dan comienzo los festejos vendimiales centrales? Y en mayor escala, ¿con qué derecho se podría plantear una acción judicial similar ante el festejo nacional, con feriado incluido, de la Inmaculada Concepción de María, el 8 de diciembre de cada año?

Los funcionarios del gobierno provincial y los legisladores en general no deben dejar pasar esta confusa situación que generó un fallo judicial tan controvertido. No sólo deben ser resguardados institucionalmente los preceptos culturales de los mendocinos, sino que también deben tomarse los recaudos legales necesarios para evitar disposiciones alejadas de todo sentido común.

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