La Justicia mendocina hizo lugar a un amparo para declarar
inconstitucional la conmemoración de fechas religiosas
en las escuelas locales. Así lo aseguró en un fallo a favor de una asociación civil que demandó a la
DGE
por incorporar en su calendario oficial el 25 de Julio del Día de Patrón Santiago y el día 8 de septiembre del Día de la Virgen del Carmen de Cuyo.
El recurso judicial fue presentado por la
Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos
(A.P.D.H.) de San Rafael y consiguió la aprobación de la jueza Dra. María Eugenia Ibaceta del Juzgado Civil 24 de Mendoza.
Puntualmente, el fallo establece declarar la “inconstitucionalidad de la Resolución N° 2616 de la DGE, con fecha 12 de diciembre de 2.012, por intermedio de la cual se fijó el cronograma de actividades para el ciclo lectivo 2.013 para todo el sistema educativo provincial, en cuanto dispone que se deben conmemorar el 25 de Julio el Día de Patrón Santiago y el día 8 de septiembre el día de la Virgen del Carmen de Cuyo”.
La medida judicial, que se dio a conocer hoy, no pudo frenar los festejos escolares y el feriado del pasado jueves 25 de julio. Sin embargo, le solicita a la Dirección General de Escuelas “que de manera inmediata tome todas las medidas necesarias para que en las escuelas de gestión pública bajo su potestad no se conmemore este año el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo”.
Desde la DGE informaron
Los Andes
que enviaron el fallo a todas las escuelas y que se acatará, por ahora, la medida de la Justicia.
Es que si bien la fecha de conmemoración por el Día de la Virgen del Carmen es el próximo domingo, como es un día en que los chicos no van a clases, muchas escuelas tenían previsto recordarlo mañana viernes.
El gobierno escolar agregó que el fallo no incluye a los colegios privados de formación religiosa.
En tanto que mañana la titular de la cartera, María Ines Abrile de Vollmer, se reunirá con su equipo legal para definir qué medidas tomarán.