Un conjunto de juristas consideró que la ley de Abastecimiento 20.680 no se encuentra en vigencia, salvo el inciso "c" del artículo segundo, y por lo tanto su aplicación por parte de la Secretaría de Comercio para asegurar la provisión de trigo pan, es "inconstitucional".
Así lo aseguraron los constitucionalistas Gregorio Badeni, Daniel Sabsay y Félix Loñ, quienes precisaron que la norma fue derogada por el decreto 2284/91 de Desregulación Económica, avalado posteriormente por el Congreso. Para su restitución es necesaria la sanción de una nueva ley.
Para Sabsay la ley de Abastecimiento "no es constitucional porque obvia la intervención de un juez en aspectos sensibles como la libertad de comercio" y que si aún la Justicia no declaró su invalidez se debe a que "prácticamente no fue aplicada, precisamente porque siempre se la consideró inconstitucional".
Sabsay sostuvo que si el secretario de Comercio, Guillermo Moreno, llegara a aplicar la ley de Abastecimiento en el mercado de trigo, tal como se establece en la resolución 67 publicada ayer en el Boletín Oficial, "va a generar una cantidad de acciones judiciales y una nueva tensión por la judicialización".
Por su parte, Loñ se remitió a "un dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación de abril de 2002" que aclaró que la ley 20.680 "fue dejada en suspenso por un decreto del ?91, impulsado por el entonces ministro Domingo Cavallo y que desde entonces sólo quedó en vigencia el inciso ?c' del artículo 2".
Ese inciso precisa que el Poder Ejecutivo podrá "dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución y/o producción".