Como ya ha pasado con otras situaciones institucionales, el Poder Ejecutivo (PE) de Mendoza actúa en forma incoherente con su propio discurso en la crítica a sus antecesores y respecto a sus propios actos.
Vamos a los hechos, hay que designar un nuevo Fiscal de Cámara Civil, Comercial y Laboral; se llama al correspondiente concurso, y salvo una abogada los demás concursantes reprueban.
Por razones que se desconocen -se dice que el PE quería una terna-se llama a un segundo concurso, pareciera que para sumar más candidatos, donde vuelven a ser reprobados todos los postulantes. O sea, la única que seguía aprobada era la abogada del primer concurso.
Pregúntense por qué, pero vuelven a llamar a un tercer concurso repitiendo el contenido de los exámenes, por los que habían sido reprobados y, obvio, algunos que habían sido bochados logran aprobar.
Ya con tres postulantes se concreta el puntaje que le corresponde a cada uno, y la abogada que rindió bien en el primer concurso obtiene el primer lugar. Sin embargo, sorpresivamente, el Ejecutivo manda el pliego de la que estaba en segundo lugar.
Seguramente se invocarán facultades discrecionales, pero es bueno recordarles a los funcionarios que no existe el absolutismo, que la discrecionalidad tiene un límite consagrado en el art. 28 de la Constitución Nacional, y en el art 39 de nuestra ley 9003, que es la Razonabilidad o proporcionalidad de sus actos ante los hechos y derecho existentes.
Para que la gente entienda, un acto es razonable cuando al menos es opinable, discutible, cuando no agrede el sentido común. Pero cuando repugna estos parámetros, se transforma en un acto realmente nulo, por absurdo o porque está direccionado en forma evidente.
Ahora bien, volviendo al caso, ¿es razonable descartar a quien terminó primero sin ningún bochazo y elegir al que sale segundo, que cuando compitió con el primero fue reprobado? Si se le quiere dar participación a la gente, que hagan cualquier encuesta y verán el rechazo mayoritario.
Pero lo más grave, y aquí las incoherencias: por un lado el famoso discurso del gobernador en la fiesta de los 100 años del Colegio de Abogados de 2017, donde levantando la bandera de la igualdad de oportunidades, hizo gala de la necesidad de equipar el acceso a los cargos del Poder Judicial para los abogados de la calle, respecto a los que ya está dentro del Poder Judicial. Hasta mandó un proyecto destacando en sus fundamentos esta equiparación, que tuvo como resultado la ley 9013, modificada por la 9047. Por otro lado, es pública y notoria la discursiva permanente de los funcionarios del PE sobre la importancia de la meritocracia de los concursos para acceder a la función pública.
La abogada que salió primera en puntos estaba invicta y es "de la calle", o sea ejerce libremente la profesión. La segunda, que fue reprobada y debió rendir por lo menos dos concursos, pertenece al Poder Judicial. Sin embargo mandaron su pliego, olvidando el PE su postura pública y legal respecto a los concursos y a la igualdad de oportunidades.
No me gustan las injusticias, ni la hipocresía, por eso hay que dejar en evidencia lo flacos que son los discursos y lo gordos que son los hechos. Que se sepa no sólo el actuar incoherente señalado, sino también el de aquellos que practican la obediencia debida en la Legislatura, o intercambian favores, aprobando el pliego remitido, ya que no creo que tengan muchos problemas de conciencia.
Con agrado destaco un hecho que no es menor, que nuestro Colegio de Abogados, al que siempre se le pide el aval para estas designaciones por su importancia institucional, no lo dio en este caso.
Pedro García Espetxe
DNI 8.456.087