Tras varios cuartos intermedios y pese a lo pedido por la defensa, la jueza de Neuquén Ana Malvido resolvió hacer lugar a la acusación de la fiscalía e imputó a Alfredo Escobar (28) por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y homicidio simple, doblemente agravado por criminis causa y por femicidio, por el asesinato de la mendocina Laura López (18):
Según informa La Mañana de Neuquén, al acusado también se le impuso seis meses de prisión preventiva por riesgos de entorpecimiento y de fuga, teniendo en cuenta la gravedad del hecho y la posible pena de prisión perpetua. Por último, fijó en cuatro meses el plazo para realizar la investigación de la causa.
Escobar fue detenido el martes a media mañana llegando al puente carretero, cuando circulaba a bordo de una Fiat Ducato junto a sus padres. Su casa, en calle Estrada casi Juan B. Justo del centro de Plottier, quedó señalada como el lugar donde la joven fue ultimada y descuartizada.
Laura tenía 18 años y la última vez que su familia tuvo información sobre ella fue el jueves a la tarde, cuando asistió al CPEM 8 donde cursaba el secundario. El domingo, unos pescadores encontraron sus restos en el río Limay, en la zona de Los Espigones, cerca de China Muerta.
De acuerdo con la teoría de la fiscalía, el sospechoso la abusó sexualmente y luego la golpeó en la cabeza, lo que le causó "consecuencias fatales". El fiscal Agustín García explicó que la víctima agonizó entre dos y tres horas y luego el agresor "procedió a mutilarla".
Una de las cuestiones que destacó el fiscal es que una antena captó el celular del detenido el sábado a las 23, en el sector de los espigones en China Muerta, lugar donde se hallaron los restos de la joven el domingo. Es por esto que se presume que en ese momento arrojó el cuerpo al río Limay, unas 36 horas después de asesinarla.
La defensa, por su parte, destacó que aún restan los resultados de las pericias para comprobar si existió abuso sexual. Por este motivo, indicó que no se pueden tener por formulados los cargos de abuso sexual con acceso carnal y, por ende, tampoco de homicidio criminis causa. Esto en relación a que la hipótesis investigativa apunta a que el crimen habría sido para ocular el abuso.
También el abogado defensor se opuso al agravante del inciso 11, por femicidio, y también indicó que no existía riesgo de entorpecimiento.