Habilitan feria judicial para tratar validez de postulación de jueces de la Corte Suprema por DNU

El abogado Pitté Fletcher presentó un amparo en la justicia Contencioso para que se declare la inconstitucionalidad del decreto.

Habilitan feria judicial para tratar validez de postulación de jueces de la Corte Suprema por DNU

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó la "feria" judicial del mes de enero para tratar la validez del decreto presidencial que designó a los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti como jueces "en comisión" en la Corte Suprema, indicaron hoy fuentes judiciales.

La mayoría de la "sala de feria" -integrada por los camaristas Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Federico Alemany (votó en disidencia)- revocó un fallo de primera instancia que había desestimado un planteo contra las designaciones promovido por el abogado Denis Pitté Fletcher.

"A la fecha se encuentra vigente y no se ha dictado acto administrativo alguno que lo suspenda" y "nada obstaría a que se reciba juramento a los letrados designados en comisión", sostuvo el voto mayoritario que habilitó el receso para el tratamiento de la cuestión habida cuenta de la urgencia.

En su solitaria disidencia el juez Alemany recordó que "en virtud de la prórroga de la designación y lo resuelto, entre otros por la Cámara Federal de Mar Del Plata, así como la eventual multiplicidad de pleitos con el mismo objeto, no corresponde habilitar la feria judicial".

El 14 de diciembre del año pasado el Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 83/2015 donde se designó a los juristas Rosenkrantz y Rosatti como jueces "en comisión" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El abogado Pitté Fletcher presentó un amparo en la justicia Contencioso para que se declare la inconstitucionalidad del decreto y la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Rita Ailan lo rechazó "in limine" (sin tratamiento) por inexistencia de "caso", "causa" o "controversia".

Por el contrario, los camaristas entendieron que "sí, hay causa", revocaron esa resolución y volvieron a mandar el expediente a primera instancia para que se defina si se debe hacer lugar, o no, al amparo.

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