El Ministerio de Economía anunció esta tarde un llamado a licitación por adhesión para canjear bono dual 2020, que vence el 13 de febrero por unos 105.000 millones de pesos, por hasta cuatro nuevos instrumentos.
Se trata de una iniciativa que le da continuidad a la estrategia para construir una curva de rendimientos consistente con las políticas de deuda del Gobierno, que consiste por ahora en estirar plazos y, en lo posible, bajar unos puntos la tasa de interés.
El objetivo central sigue siendo mejorar el perfil de vencimientos de los instrumentos en pesos, después del default selectivo en el que cayeron muchos de estos papeles en agosto del año pasado cuando el gobierno del ex presidente Mauricio Macri anunció su "reperfilamiento".
Tras una experiencia de canje relativo éxito hace dos semanas, la cartera que conduce Martín Guzmán anunció este viernes la realización de una operación de administración de pasivos mediante un canje a llevarse a cabo por licitación pública el lunes 3 de febrero.
El gobierno "invita" a los tenedores de los "Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020 (AF20)", emitidos en julio de 2018 a presentar ofertas para canjearlos por cualquiera de los cuatro nuevos Instrumentos, o por una combinación de ellos.
El Gobierno ofrece Bonos del Tesoro Nacional en Pesos con Ajuste por Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) 1% vencimiento 2021.
En segundo lugar, Bonos del Tesoro Nacional en Pesos Badlar Privada + 100 puntos básicos, con vencimiento 2021. También Bonos del Tesoro Nacional Vinculados al dólar 4% con vencimiento 2021. Y por último, Bonos del Tesoro Nacional en Pesos a Tasa de Interés Dual vencimiento 2021.
El papel que ajusta por inflación
Los bonos ajustados por CER tienen fecha de emisión el 5 de febrero con vencimiento el 5 de agosto de 2021, es decir, un año y medio. La moneda de emisión y pagos es el peso. Y la amortización será íntegra al vencimiento, ajustada conforme lo estipulado en ajuste de capital.
El saldo de capital de los bonos será ajustado conforme al Coeficiente De Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central, correspondiente al período transcurrido entre los diez días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente.
La Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del ministerio de Economía será el Agente de Cálculo.
La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será, salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes.
El papel devengará intereses sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del 1% nominal anual, los que serán pagaderos por semestre vencido los días 5 de agosto de 2020, 5 de febrero de 2021 y 5 de agosto de 2021, y serán calculados sobre la base de meses de treinta días y años de 360 días.
Si el vencimiento del cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago del mismo será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de vencimiento original.