Ganancias: hay 16 amparos para evitar pago en la Justicia Federal local

Han sido presentados en los dos últimos años. Algunos han sido elevados por secretarios y prosecretarios que trabajan en tribunales. Hay jueces que se excusan y no resuelven los pedidos.

Ganancias: hay 16 amparos para evitar pago en la Justicia Federal local
Ganancias: hay 16 amparos para evitar pago en la Justicia Federal local

Cada una de las cuatro secretarías que corresponden al Segundo Juzgado Federal de Mendoza concentra unas 40 acciones particulares por distintas causas contra el Estado nacional. Aunque el dato no dice mucho, adquiere relevancia al discriminar el carácter: 40% (16) corresponde a acciones de amparo que apuntan al pago de Impuesto a las Ganancias, varios impulsados por funcionarios de la Justicia como secretarios y prosecretarios, entre los asalariados mendocinos sujetos de la obligación.

Según explican fuentes de la Justicia Federal, la cifra es un acumulado de los dos últimos años, y la falta de una estadística específica se debe a que la naturaleza de los amparos no se identifica inicialmente. Aunque el argumento es similar (evitar el recorte del poder adquisitivo del salario) parten de diferentes situaciones.

Entre los que se decidieron a impulsar una medida cautelar contra AFIP y el Estado nacional hay casos que coinciden con la cercanía de la edad jubilatoria. Quienes acreditan menor antigüedad aspiran a la suspensión provisoria hasta tanto se actualice el mínimo no imponible.

Sea cual fuera la situación, todos los demandantes aguardan con cierta expectativa la resolución del caso de María Cristina Silventi, la docente universitaria que en base a la misma cuestión aspira a que su empleador, la UNC, deje de retenerle el impuesto a la espera que el Gobierno corrija el desfasaje con los salarios. Precisamente es el planteo de muchos que se consideran afectados.

“Como pasó en su momento con el corralito, puede convertirse en un leading-case y a partir de él podrían generarse una lluvia de presentaciones similares. Pero hay que discriminar que una cosa es el objeto de la cautelar y otra distinta la cuestión de fondo, la modificación del mínimo no imponible sujeto al impuesto, que un juez no puede resolver”, analizan en una de las secretarías del Juzgado Federal n°2, a cargo de Olga Arrabal de Canal.

Por su parte, los abogados que eligieron la carrera judicial se mantienen alertas. Aunque un planteo colectivo de carácter gremial no sería admisible (el criterio, según antecedentes similares en otros puntos del país como Córdoba finalmente rechazados, es la afectación individual), la paritaria salarial 2015, que el martes pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes 30 de marzo, puede cambiar el curso de las cosas.

En la agenda de discusión

Como lo admite Marcelo Fekonja, secretario general de la Asociación de Funcionarios Judiciales de Mendoza, “pese a que logramos una acordada para dejar de pagar Ganancias por tratarse de un impuesto al salario, hay un sector importante alcanzado y con el aumento, más compañeros empezarían a tributarlo”.

La entidad nuclea a un 60% del universo de 1.100 trabajadores de la Justicia mendocina, cuyo salario inicial bruto como funcionarios oscila entre $ 13 mil y $ 15 mil, justamente el mínimo que hoy tributa Ganancias. Si bien la discusión se empantanó en una oferta del 33%, la pretensión es obtener un porcentaje no menor al 39%.

En los hechos, dejar de pagar Ganancias ya es un tema incorporado en la agenda sindical tanto en Mendoza como en el país. De hecho, estuvo junto al reclamo de incremento de sueldos, entre las consignas principales que movilizaron el martes por la mañana al microcentro de la Ciudad a ATE y al gremio de Judiciales que, por la tarde, retomaba la discusión con el Poder Ejecutivo.

Pero hay posiciones más favorecidas. De cara a lo que viene y a una eventual modificación en el alcance para el pago de Ganancias, los magistrados se aferran a su postura de rechazar la imposición. Cabe recordar que actualmente están eximidos por el principio constitucional de la intangibilidad de sus salarios.

“Hay acciones en curso de otros funcionarios y de asalariados mendocinos de distintos rubros, pero nuestra postura ha sido la misma cada vez que en los últimos diez años los discursos políticos plantearon la posibilidad de incluir a los jueces en el tributo, porque tiene que ver con la independencia de nuestra labor. Por lo demás, pagamos impuestos como cualquier cristiano”, consigna el presidente de la Asociación de Magistrados de Mendoza, Ariel Hernández.

El hecho en sí tiene sus derivaciones. Es que por su condición de jueces, al mismo tiempo algunos empiezan a excusarse de resolver las medidas cautelares que ingresan de muchos otros mendocinos que se consideran afectados por el cobro del Impuesto a las Ganancias.

No se incluye aguinaldo ni plus vacacional

A más de 100 trabajadores de una importante fabrica de neumáticos de la zona norte del GBA les reintegraron una importante suma de dinero por un error en el cálculo del impuesto a las Ganancias. En el gremio dicen que otras decenas de empleados podrían sumarse y recibir idénticos reintegros.

La diferencia viene arrastrándose desde fines de 2013, cuando la AFIP determinó que para no estar alcanzado por ese impuesto el trabajador no debía haber tenido un sueldo bruto superior a $ 15.000 en algún mes entre enero y agosto de 2013.

Por el cobro de las vacaciones de ese año u otros adicionales, muchos trabajadores superaron los $ 15.000 y quedaron “enganchados” en Ganancias.

Sin embargo, la resolución respectiva de la AFIP -N° 3525/13-especifica que para la determinación del límite de los $ 15.000 “se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquéllas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis meses del período al que se hace referencia en dichos artículos”. Es decir durante 6 meses de los 8 que van de enero a agosto.

La resolución agrega que “cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto de 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mínimo, en el 75% de los meses involucrados”.

Tanto las vacaciones como el medio aguinaldo son remuneraciones normales y habituales por lo que en muchas empresas entendieron que esos dos rubros debían considerarse. En cambio, la mayoría interpretó que como se perciben una vez o dos veces por año se desprende que para el cálculo del límite de los $ 15.000 no deben ser tomados en cuenta.

Eso es lo que explicaron ante una consulta, los especialistas en temas tributarios Marcelo Domínguez, Flavia Melzi y César Litvin.
"Ni el medio aguinaldo ni el plus vacacional se toman en cuenta para el cálculo de los $ 15.000", respondieron los expertos.

Desde el centro de información de la AFIP se brindó una respuesta similar. Inclusive aclararon que si, por ejemplo, un trabajador entre enero y agosto de 2013 hizo horas extra sólo en 3 o 4 meses, tampoco se considera ese plus para el cálculo de los $ 15.000. El mismo tratamiento tienen otros adicionales.

En tanto, de acuerdo a esa resolución, los que quedaron excluidos de Ganancias por no superar el límite de $ 15.000, continúan exentos de la retención del impuesto. De ahí que la suma que está en juego arranca en setiembre de 2013 y se extiende hasta ahora. 
Según los sueldos, la diferencia ahora que no hubo ajustes, puede alcanzar a más del 10% del sueldo mensual.

Esta novedad en el gremio del neumático de la zona norte se difundió con notable rapidez en las empresas de la zona. Ahora los empleados que en 2013 pasaron por muy poco el límite de los  $ 15.000, están revisando los cálculos para verificar que las cuentas hayan sido bien hechas. CC

Se dejan de recaudar $ 30 mil millones por exenciones

Mientras se niega a modificar el impuesto a las Ganancias sobre los sueldos y las jubilaciones, el Gobierno mantiene a muchos rubros y sectores económicos eximidos del pago de impuestos o beneficiados por una tasa reducida. Este año, en el impuesto a las Ganancias, la pérdida de recaudación será de $ 30.096,7 millones.

“Los más importantes beneficios en este tributo corresponden a las exenciones de los intereses de activos financieros (títulos públicos, depósitos bancarios y obligaciones negociables) y de las entidades sin fines de lucro”. En realidad, las exenciones son mayores porque no hay datos sobre el “costo fiscal” de las exenciones sobre las “Ganancias obtenidas por personas físicas residentes en el país, provenientes de la compraventa de acciones y demás títulos valores con cotización en bolsas”, según el Ministerio de Economía.

Las exenciones y rebajas impositivas totales estimadas para este año trepan a $ 143.767 millones. Equivalen al 2,86% del PBI y al 9,6% de la recaudación de impuestos nacionales y contribuciones a la seguridad social proyectada para 2015.

En 2004 ese costo fiscal era del 1,8% del PBI. Así, en proporción al tamaño de la economía, tuvo un incremento de casi el 60%. En el caso de Ganancias, las exenciones pasaron en ese lapso del 0,35 al 0,67% del PBI: un 91,4% más.

En las Contribuciones a la Seguridad Social, la pérdida de recaudación será de $ 20.897 millones. La más importante corresponde a la reducción de las Contribuciones Patronales por zona geográfica, beneficio que al tener la forma de un crédito fiscal en el IVA afecta la recaudación de este impuesto. Los beneficios otorgados en los diversos regímenes de promoción económica tienen un costo de $ 30.279 millones. El más importante es el de Tierra de Fuego por $ 23.490,4 millones que incluye liberación del IVA en compras y ventas, Exención Impuesto a las Ganancias, Exención Derechos de Importación y Alícuota reducida Impuestos Internos sobre productos electrónicos. CC

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