Los camaristas Jorge Morán, Marcelo Duffy y Rogelio Vicenti, de la Sala IV, suscribieron el fallo que suspendió el “artículo 20 inciso a, segunda parte, apartados I y II de la ley 26.831”, por los cuales la Comisión Nacional de Valores podía intervenir en decisiones de las compañías.
El artículo ahora suspendido permitía “designar veedores con facultad de veto de las resoluciones adoptadas por los órganos de administración de la entidad, cuyas disposiciones serán recurribles en única instancia ante el presidente de la Comisión”.
También autorizaba “separar a los órganos de administración de la entidad por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días hasta regularizar las deficiencias encontradas. Esta última medida será recurrible en única instancia ante el Ministro de Economía y Finanzas Públicas”.
El inciso a) de la Ley, que se insertó de modo sorpresivo en el recinto de la Cámara Diputados, texto que el 29 de noviembre de 2012 fue convalidado por el Senado, ignoró a la Justicia y señala que las empresas podrán recurrir como instancia de revisión al propio titular de la CNV o al ministro de Economía.
Según el tribunal, esas atribuciones, que la Ley le otorgó a la CNV, “podrían implicar una indebida delegación de facultades que hace a la esencia de la función judicial por parte del Congreso en el Poder Ejecutivo”.
El artículo 20) inciso a) de la Ley de Regulación del Mercado de Capitales introdujo entre las facultades de la CNV ambas figuras, tras un pedido por supuestas irregularidades y sin sumario previo.