Tras la incertidumbre que generó el "reperfilamiento" de los vencimientos de títulos de deuda a corto plazo a finales de agosto en los Fondos Comunes de Inversión (FCI), la Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó este miércoles nuevas pautas para la administración de las carteras de estos instrumentos financieros.
La decisión, formalizada a través de la Resolución 807/2019, fue publicada hoy en el Boletín Oficial y alcanza a los órganos activos de los FCI abiertos que contaban en sus carteras al 28 de agosto de 2019 -previo al reperfilamiento- y a los agentes de colocación y distribución integral de estos fondos.
Esto deberán presentarla siguiente información:
* Nómina de inversores personas humanas que revestían el carácter de cuotapartista al 31 de julio de 2019 y cuyo carácter se hubiera conservado a la fecha de pago de cada uno de los títulos, con el detalle de la cantidad de cuotapartes en tenencia de cada uno por cada fondo común de inversión.
* Nómina de inversores personas humanas que revestían el carácter de cuotapartista al 31 de julio de 2019 y que rescataron en especie alguno de los títulos representativos de deuda pública nacional citados en el artículo 65 de la presente Sección, con la indicación de la fecha del rescate, la especie y la cantidad de valores nominales rescatados.
* Además, deberán presentar a Caja de Valores S.A. una declaración jurada con las posiciones de los títulos de deuda pública de cada FCI alcanzados por el reperfilamiento pertenecientes a personas humanas que revestían el carácter de cuotapartista al 31 de julio de 2019 que siguieran siéndolo a la fecha de pago.
* La declaración jurada deberá incluirla siguiente información: I) Denominación del Fondo Común de Inversión; II) Número de Cuenta Depositante; III) Número de subcuenta comitente del Fondo Común de Inversión; IV) Código de la especie a liquidar; V) Denominación de la especie a liquidar y VI) Valor nominal de la especie a liquidar.
Los FCI habían quedado en el ojo de la tormenta con la postergación de los vencimientos de títulos de corto plazo anunciado por el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, a fines de agosto.
Si bien el artículo 2° del Decreto 596/2019, que dio el puntapié inicial a la reformulación de pagos de deuda por más de u$s 100.000 millones, alcanzaba sólo a los tenedores institucionales, excluyendo expresamente "a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo cuyos tenedores, registrados al 31 de julio de 2019 en la Caja de Valores, fueran personas humanas", los FCI quedaron inicialmente incluidos en la categoría de personas jurídicas, cuando en realidad se trata de vehículos de inversión que administran dinero de terceros, tanto ahorristas individuales como compañías. Y separar personas humanas de jurídicas en un fondo que invierte sus ahorros en forma común no era sencillo.
Desde la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI) se planteó que había "cuotapartistas personas humanas que habían invertido en fondos" cuyas carteras incluían las letras alcanzadas por el "reperfilamiento de deuda" y que debían tener el mismo derecho que las personas humanas que habían invertido "directamente en estos activos". Las diferencias fueron zanjadas en una serie de reuniones entre la CAFCI y la CNV en la que se aseguró que ambos cuotapartistas tendrían el mismo tratamiento.