Ya está listo para la firma el nuevo reglamento que establece los requisitos que debe cumplir una mujer que aspira a ser candidata a Reina Nacional de la Vendimia. El texto elimina el máximo de edad, el mínimo de estatura y habilita a que cualquier persona que tenga identidad femenina reconocida en su DNI pueda presentarse a una elección distrital.
El borrador del reglamento -al que accedió en exclusiva Los Andes- surge a partir de los lineamientos generales establecidos por la ley provincial Nº 8.740, sancionada el 7 de octubre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 11 de noviembre del mismo año. El proyecto fue presentado en 2012 por el entonces diputado Gustavo Arenas.
“Con el nuevo texto se busca abarcar e integrar a más mujeres, pero recién podrá aplicarse en la Vendimia 2016 porque ya están elegidas todas las reinas departamentales”, explicó Fabricio Centorbi, subsecretario de Gestión Cultural de Mendoza.
El reglamento nuevo sólo establece como requisitos que la aspirante a la corona sea “argentina, mujer, tener 18 años al momento de la elección, acreditar estudios secundarios, plena disponibilidad psicofísica y social; dos años como mínimo de residencia en el departamento que se presenta”.
De esta manera, el texto deja abierta la puerta para que se puedan presentar transexuales que cuenten con DNI femenino. “Si no se les permitiera participar sería discriminatorio”, señaló Mauricio Grinspan, asesor legal del Ministerio de Cultura. Asimismo, ya no existirá una altura mínima ni un tope máximo de edad.
Por otro lado, en el artículo 12º se prevé que (tanto reina y virreina nacional, como las soberanas departamentales y distritales) si durante su mandato “se casaran o estuvieren embarazadas, podrán continuar en sus cargos con la plena vigencia de sus derechos y deberes, con la sola limitación de su plena disponibilidad psicofísica y social para desempeñar el cargo”.
En caso de que el Ministerio o el municipio considerasen que se dan las causales para remover a una soberana, y la misma no estuviese de acuerdo, podrá solicitar que la decisión sea revisada por la Comisión de Reinas Nacionales de la Vendimia (Corenave), la Subsecretaría de Derechos Humanos provincial y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi).
Centorbi aclaró que “si una chica ya salió reina departamental no va a poder presentarse nuevamente”, ni en el mismo departamento ni en otro. El objetivo de este cambio es “fortalecer la participación”. Así, no podrá repetirse el caso de Nury Aro, quien fue dos veces reina de Rivadavia, alzándose en la segunda oportunidad con la corona nacional (1983).
Es importante tener en cuenta que, a pesar de esta modificación del antiguo reglamento del año 2001 -que era más conservador-, el cambio quedará sujeto a que los diferentes departamentos decidan adherir. “Los municipios son autónomos y no podemos obligarlos a que lo acaten”, aclaró Grinspan.
De todas maneras, remarcó el hecho de que, aunque las comunas no adhirieran, el nuevo reglamento “es más amplio, por lo que las reinas seleccionadas con otros requisitos quedarían incluidas”.
Más cambios
El texto también prevé una nueva definición sobre qué es la Reina Nacional de la Vendimia: "Pasará a ser la representante del patrimonio inmaterial y cultural-social de las festividades vendimiales de Mendoza", explicó el asesor legal.
La Reina tendrá como función: promover la cultura, las políticas sociales y el turismo de la provincia; difundir la Fiesta de la Vendimia en todas y cada una de sus presentaciones; ser embajadora de la provincia “en todo el país y en el exterior y efectuar acciones solidarias tendientes a integrar a la sociedad pudiendo elegir un área con la que más se identifique”.
En cuanto a la Virreina, su papel será acompañar a la Reina en su rol “siempre y cuando la Reina Nacional de la Vendimia o el Ministerio de Cultura lo requiriesen por la exigencia de la tarea o por reemplazo”, reza el texto.
Tanto ellas como las reinas departamentales cuyos municipios adhieran al reglamento, durante el año de mandato no podrán “realizar eventos, publicidades, gráficas y/o cualquier otro tipo de promoción con empresas privadas”, excepto que cuenten con la autorización del Ministerio de Cultura.
En el mismo artículo se sugiere que eviten cualquier tipo de exhibicionismo o exposición pública de su imagen “que afecte la representación que se le ha delegado”.
Al final del mismo apartado queda establecida la prohibición de “efectuar actos de violencia física, verbal o modal entre pares, a sus superiores o a sus coordinadoras durante los procesos eleccionarios, o durante los mandatos”. Este punto toma una relevancia especial en la etapa de convivencia en el hotel, donde en muchas ocasiones se han presentado fuertes conflictos entre las soberanas.
En caso de que una reina no cumpliera con dichas prohibiciones, el Ministerio de Cultura podrá sancionarla con hasta diez días de suspensión (como máximo en el año), sin derecho a goce de sueldo. De continuar en la conducta que generó la sanción, la soberana podría ser destituida del mandato.
Si bien el sistema de elección de la Reina no sufrirá modificaciones, se establece un nuevo procedimiento para los casos de empate: votarán los 18 intendentes y el Gobernador.
Derechos y obligaciones de Reina y Virreina nacionales
El nuevo reglamento garantiza a las soberanas electas en el Acto Central el derecho a una remuneración. También se les deberá garantizar una vestimenta y calzados apropiados, movilidad oficial y la posibilidad de gozar de vacaciones por 15 días.
La figura de la Coordinadora queda incorporada como un derecho de las reinas con el objetivo de que lleve su agenda y gestione todos los medios y condiciones adecuados para el desempeño de sus funciones.
En cuanto a las obligaciones, deberán en primer lugar desarrollar la promoción y difusión de la Fiesta y de la provincia, siempre a través de acciones establecidas y coordinadas con los Ministerios de Cultura y Turismo.
Se les exige en el texto respetar el compromiso social asumido al ser coronadas y “guardar decoro” en sus presentaciones públicas y en su vida privada. En los actos oficiales deberán presentarse “con vestido largo y los atributos de su investidura”: o sea, con corona, banda, cetro y capa.
El aspecto social también será una obligación de las reinas, ya que en uno de los incisos del reglamento se prevé que participen “por lo menos de dos acciones solidarias” a lo largo del año, que serán coordinadas por el Gobierno. También la capacitación se convertirá en otro deber de las soberanas.