El Senasa eliminó la restricción para mover hacienda durante la vacunación

Diana Guillen firmó la resolución 199/23 por la que permite a los ganaderos mover hacienda antes de que se cumplan los 21 días desde la aplicación de la primera dosis de la vacuna contra la aftosa.

El Senasa eliminó la restricción para mover hacienda durante la vacunación
Los ganaderos podrán mover los terneros con una sola dosis de la vacuna contra la aftosa.

A un mes del pedido formal de las cámaras que agrupan a los ganaderos, el Senasa autorizó que puedan mover hacienda con una sola dosis de la vacuna antiaftosa.

Diana Guillen, titular del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria firmó la resolución 199/23 por la que establece “medidas excepcionales para las campañas de vacunación antiaftosa”.

La medida alcanza a todas las zonas que están reconocidas como Libres de Fiebre Aftosa con vacunación.

El pedido al Senasa había partido las cámaras de San Rafael y General Alvear y fue acompañada por el Clúster Ganadero y lo miembros que integran la Comisión Provincial de Sanidad Animal de Mendoza (Coprosamen).

Concretamente solicitaron que el organismo nacional elimine la obligatoriedad de retener a los terneros 21 días, entre la primera y segunda dosis de la vacuna contra la aftosa.

Con la sequía como eje principal, los productores ganaderos aseguraron que el deterior del “estado corporal del rodeo” durante el periodo de restricción podía ser muy grande y hasta se presentaba la posibilidad de pérdida de vientres.

De acuerdo a la resolución del Senasa, la excepción que se otorgó es debido a “la ocurrencia de fenómenos ambientales como intensas sequías o incendios forestales”.

La medida que lleva la firma de Guillen, “permite el movimiento, durante las campañas de vacunación antiaftosa del 2023, de bovinos y bubalinos de las categorías terneras y terneros con 1 sola dosis de vacunación”.

Además “exceptúa del cumplimiento de la vacunación contra la fiebre Aftosa durante los primeros 15 días de la primera y de la segunda campaña del año en curso, a los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado la vacunación, siempre y cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de su recepción, tampoco lo hayan hecho”.

“En esos casos, continúa el articulado, cuando se realice la vacunación sistemática de la primera o de la segunda campaña del año en el establecimiento de destino, se deberá vacunar a la totalidad de los animales existentes en él”.

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