Una mujer (a quien sólo se identificará con las siglas BV), trabajadora no docente en la Facultad de Filosofía y Letras desde 1991, logró que la Justicia Federal fallara a su favor en un reclamo por mora contra la Universidad Nacional de Cuyo, a la que emplazó a que se expida, dentro de los próximos cinco días, sobre el recurso jerárquico interpuesto contra una resolución emitida por el rector de esa casa de estudios en el año 2018.
En la presentación la mujer señala que desde el año 2012 empezó a ser víctima de una situación de violencia de género, que se manifestó como acoso de tipo sexual y terminó en acoso laboral.
Cinco años después -en 2017- ante la falta de respuestas, en un nuevo giro de violencia institucional, la demandante se vio obligada a abandonar su lugar de trabajo, solicitando una adscripción a otra área de la UNCuyo.
La mujer destacó que por ello se vio privada de la remuneración que venía percibiendo, con una pérdida del orden del 40 por ciento.
Sin respuesta
Más adelante, siguiendo el protocolo, la no docente realizó la denuncia por escrito ante la Dirección de la Asesoría Letrada, donde también reclamó medidas de reparación a la situación de violencia institucional a la que estuvo sometida. Pidió que se le diera la categoría que tenía en 2012 y la reparación urgente de la situación de vulnerabilidad a la que había sido sometida al apartarla de su lugar habitual de trabajo.
Sin embargo, ese pedido fue rechazado por el Rectorado, lo que la llevó a interponer un recurso jerárquico, que ahora tuvo respuesta del Tribunal Nº 2 de la Justicia Federal.
La mujer también hizo la denuncia ante el Inadi, que el 22 de julio pasado reconoció la existencia "una conducta discriminatoria violatoria de la Ley 23.592".
A su turno, las autoridades de la UNCuyo rechazaron, en general y en todas sus partes, la presentación de la mujer.
Considerandos
Tras una serie de argumentos sobre la validez del recurso por mora, el Juzgado Federal N° 2 señaló que "corresponde hacer lugar a la acción de amparo por mora intentada por la mujer". Los magistrados se basaron en el artículo 28 de la Ley 19.549, que establece que: "el que fuere parte en un expediente administrativo podrá solicitar judicialmente se libre orden de pronto despacho (...) cuando la autoridad administrativa hubiere dejado vencer los plazos fijados (...) sin emitir el dictamen o la resolución de mero trámite o de fondo que requiera el interesado".
Por ello la Justicia puede pedir a la autoridad administrativa interviniente, en este caso a los directivos de la UNCuyo, que en el plazo que le fije informe sobre las causas de la demora.
"La actora ha acreditado suficientemente los presupuestos básicos señalados para la procedencia del Amparo por Mora, esto es, ser parte en un expediente administrativo, y la inacción de la UNCuyo, quien además no ha considerado la especial situación descripta y denunciada por la amparista", se lee en el expediente.
Por ello, el Juzgado Federal N° 2 emplazó a la Universidad Nacional de Cuyo, en el término de cinco días hábiles, desde la fecha de la notificación, para que se expida sobre el recurso jerárquico interpuesto.