Por orden de la Justicia, las empresas de telefonía celular deben dejar de facturar las llamadas por minuto -como lo hacen hasta ahora- y empezar a cobrarlas por segundo. Sin embargo, no está claro que la medida vaya a cumplirse y en Mendoza buscan ratificar el fallo judicial que promovió el cambio a nivel nacional.
La Justicia Federal de San Nicolás (provincia de Buenos Aires) hizo lugar al pedido que realizó en esa ciudad la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos.
Aunque, en principio, el alcance del fallo sería nacional, la ONG mendocina de protección a los consumidores, Protectora, presentará la semana próxima ante tribunales federales una acción colectiva para que la decisión judicial también se concrete para todos los mendocinos.
De este modo, los usuarios locales de las empresas de celulares Movistar, Claro, Personal y Nextel también deberán ser beneficiados con el pago por segundos consumidos y no por minuto redondeado como se venía haciendo.
Según indicó José Luis Ramón, integrante de la ONG, si las llamadas comienzan a cobrarse por segundo, se percibiría una rebaja del 30% para los usuarios de celulares.
El formulario para adherir al reclamo se encuentra en la página www.protectora.org.ar y desde allí consideran importante llenarlo para que la acción judicial colectiva tenga mayor respaldo de la gente. "Mientras más personas llenen el formulario, mucho mejor", agregó Ramón.
La sentencia
El fallo, conocido el viernes pasado, exige que las compañías "regularicen la facturación de sus servicios de comunicaciones móviles, ajustando su unidad de facturación a segundos en lugar de minutos, de forma tal que se cobre a los usuarios la fracción de tiempo efectivamente utilizada y correspondiente al plazo exacto de comunicación, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución 45/12 de la Secretaría de Comunicaciones".
El ahorro del 30 por ciento que podrían gozar los más de 50 millones de usuarios que hay en la Argentina equivaldría a casi $ 9.000 millones al año. La semana pasada se conoció que las facturas de diciembre están llegando con un 12 por ciento de aumento en promedio.
De todos modos, el recurso por parte de las compañías no las eximiría de la obligación de acatar la intimación del juez de empezar a fraccionar por segundo mientras todo eso se tramita.
"Las medidas cautelares, por esencia, se conceden con efecto devolutivo. Esto significa que, aunque las recurran, deben cumplirlas sí o sí hasta que se defina el fondo del pleito", indicó el abogado Jorge Surin, profesor de Defensa del Consumidor en la Universidad de Belgrano.
En ese sentido, las compañías aún no confirmaron si cumplirán hoy con la cautelar ni cuáles serán sus argumentos o planteos en el caso de no hacerlo.