El actor Fabián Gianola fue sobreseído en la causa de abuso sexual presentada por Fernanda Meneses en 2019, según lo dictaminado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n.º 49.
La fiscal Mariela Labozzetta había solicitado hace dos meses el procesamiento del actor por la acusación formulada por Meneses, en la que lo consideraba como el autor penalmente responsable de “los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa”.
Sin embargo, se ha dado a conocer que Gianola fue sobreseído en dos de los hechos por los que fue acusado: la denuncia de abuso sexual mediante acceso carnal, vía vaginal que habría ocurrido a fines de 2011, y el suceso de agosto de 2017 en el interior de uno de los camarines de Canal 9.
En marzo de 2022, la jueza de instrucción Ángeles Mariana Gómez Maiorano había dictado la extinción de la acción penal por prescripción y el sobreseimiento de Gianola en la causa que le inició Meneses por supuestos hechos de abuso sexual ocurridos entre 2016 y 2017 en las instalaciones de Canal 9.
La denuncia penal fue presentada por Meneses en junio de 2019, y la actriz había explicado en aquel momento que había logrado efectuar la denuncia pública un año antes.
En el escrito de la jueza, se repasan los siete episodios denunciados por Meneses y la locutora Viviana Aguirre, que fueron unificados el 3 de junio de 2019. Meneses trabajó como guionista de El kiosquito de Fabián en 2015, donde interpretaba a la vecina del personaje de Gianola.
Fernanda Meneses aseguró que estuvo embarazada de Fabián Gianola
En marzo de este año, Meneses reconoció en una entrevista en A24 que había estado con un hombre casado y que estaba trabajando en terapia para superar su error.
Después de haber sugerido que había pasado por un embarazo, la panelista Angie Balbiani le preguntó directamente si había estado embarazada de Gianola, a lo que ella respondió afirmativamente, pero añadió que no había llegado a término el embarazo porque había perdido muchos y que no había buscado fama en ningún momento.
En el documento de la jueza, se explicó la resolución a partir de la prescripción de los hechos. Teniendo en cuenta que ha transcurrido el plazo máximo para el delito pesquisado y que no han acontecido ninguno de los actos pasibles de suspender o interrumpir el curso de la prescripción, se estimó que correspondía declarar extinguida la acción penal por prescripción en relación con los hechos atribuidos a Gianola.
Y consecuentemente, se dispuso su sobreseimiento en los términos del artículo 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación.