Aníbal Lotocki ha sido el centro de atención desde hace varios meses debido a las polémicas que surgieron en torno a las cirugías estéticas que realizó a varias modelos. Luego, la muerte de Silvina Luna dificultó aún más su situación.
Tras varias semanas de diferentes procesos, la Justicia ordenó que el cirujano ya no sea investigado por esta última causa. Esto fue comunicado por Mauro Szeta a través de X: “Un juez desliga a Lotocki de la muerte de Silvina Luna”.
Además, sumó: “Para el juez Luis Schlegel, Aníbal Lotocki no puede ser investigado por la muerte de Luna. El juez le dio la razón a la defensa del médico en cuanto a que Lotocki ya fue juzgado por las lesiones causadas a Luna”.
Por otro lado, Guido Záffora también habló al respecto en el programa Intrusos y dijo: “Esta mañana, el juez decidió que la muerte de Silvina Luna no sea investigada como homicidio”. Por otro lado, comentó que habló con Fernando Burlando y le aseguró que “van a apelar esta decisión”.
Siguiendo esta línea de argumentos, Záffora detalló el próximo accionar de Fernando Burlando: “Lo que dice el juez es que este delito ya fue investigado. Por eso, según me dice Burlando, él seguirá avanzando y se van a plantear otros delitos”.
Para terminar, al conductora de Instrusos, Flor de la V agregó a la conversación el caso de la muerte de Cristian Zárate: “Lotocki estaría mucho más complicado en la causa de Zárate. Tal vez, la Justicia llegue por ese lado”.
Por el caso de Silvina Luna, proponen penalizar la mala praxis en intervenciones estéticas
Araíz de la muerte de la modelo y actriz Silvina Luna como consecuencia de una cirugía estética realizada por el doctor Aníbal Lotocki en el año 2011, una diputada nacional de Juntos por el Cambio presentó un proyecto de ley para penalizar la mala praxis en este tipo de intervenciones.
La autora de la iniciativa es la cordobesa Soledad Carrizo (UCR), quien propone abordar la “violencia estética” como una categoría autónoma de prevención y punibilidad.
El proyecto modifica el artículo 84 del Código Penal, imponiendo una pena de tres años de prisión como mínimo para quien provoque una muerte “por aplicación imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de procedimientos, o utilización de sustancias, con fines estéticos”.