Desde mayo las empresas, comercios, industrias y emprendimientos que se instalen en Godoy Cruz no pagarán impuestos locales por dos años.
Esta acción estará está enmarcada en el Régimen de Promoción Económica, aprobado este lunes.
De esta forma, también dará beneficios de hasta el 100% exenciones tributarias a las firmas ya establecidas que incorporen personal y a las incrementen su capacidad productiva ampliando sus instalaciones, en 250 m2 o más.
Entonces, la apuesta es atraer inversiones, promover el desarrollo de la economía y generar puestos de trabajo genuinos en un contexto de crisis económica nacional.
La iniciativa también apunta a fortalecer el sector comercial, industrial y productivo.
De hecho, los descuentos en tasas van del 25 al 100 por ciento a medida que la cantidad de empleados sea mayor.
Mientras tanto, las empresas que sumen personal de programas de promoción de empleo, como Enlazados, tendrán un 10% extra de descuento.
Y si ya tienen el 100%, se les extenderá el plazo del beneficio por seis meses.
El tercer punto que contempla esta Promoción busca que se regularice la situación de los comercios instalados en zonas no permitidas.
De esta manera, si se trasladan dentro del departamento para adecuarse a la normativa urbanística vigente, conseguirán la totalidad del beneficio.
Cuáles son los requisitos
- Que se instalen en Godoy Cruz
- Estar inscripto como contribuyentes y tengan las habilitaciones comerciales
- Sumar personal (ver detalle más abajo)
- Finalmente, que el 50% de ese personal resida en Godoy Cruz
Cuáles son los beneficios
Asimismo, exenciones tributarias llegarán al 100%, por un periodo de hasta 2 años.
Las industrias, empresas o comercios nuevos que se radiquen en el departamento y los que amplíen sus instalaciones en 250 m2 cubiertos o más y que incorporen personal según esta escala:
- 1 a 3 personas: 25% de exención
- 4 a 6 personas: 50% de exención
- 7 a 10 personas: 75% de exención
- Más de 10 personas: 100% de exención
Por último, si no cumplen (total o parcialmente) los compromisos asumidos según la ordenanza 7240 podrán perder los beneficios.
Por ejemplo, ser pasibles de multas o ser intimados a devolver los importes de tasas con los que hubieran sido favorecidos.