El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) considera que las normas de la federación internacional de atletismo (IAAF) para regular la participación de mujeres con Desarrollo Sexual Diferente (DSD) son “discriminatorias”, pero aun así “necesarias, razonables y proporcionadas” para preservar la integridad del atletismo femenino.
Esta decisión, hecha pública el 1 de mayo, significa que Caster Semenya y todas las mujeres cuyo organismo produzca más testosterona de la considerada normal para el género femenino biológico deberán medicarse para reducirla; si no, no se les permitirá competir.
"A veces, la mejor reacción es no reaccionar", tuiteó inmediatamente Semenya, en un mensaje acompañado del emoticono de "no entiendo nada".
El laudo, cuyo contenido íntegro (165 folios) no se ha hecho público al considerarse confidencial, puede ser recurrido ante el Tribunal Federal Suizo, ya que el TAS, radicado en Lausana, se rige por la ley suiza. Muy raras veces este tribunal, el más alto de la justicia helvética, ha fallado en contra de una decisión del TAS.
Previamente a la decisión, nacida de la reclamación de Caster Semenya, la mejor atleta de 800m, tres veces campeona del mundo y dos, campeona olímpica, y su federación, la sudafricana, diversas asociaciones de deportistas y de mujeres, y hasta la Asamblea de la Naciones Unidas, habían denunciado la imposición solicitada por la IAAF.
Consideraban que no se puede obligar a una mujer a medicarse (doparse) para competir y subrayaban que justamente todas las atletas afectadas por la norma eran africanas. La norma afecta solo a pruebas comprendidas entre los 400m (incluidas las vallas) y la milla, en las que las atletas africanas son las mejores. Sin embargo, pese a las pruebas que hay de que la testosterona sintética es el dopaje favorito de las velocistas y las lanzadoras, estas pruebas, de mayoría europea y norteamericana, no están incluidas en la prohibición. El radio de pruebas de Semenya, justamente, abarca de los 400m a los 1.500m.
Nada más conocerse la decisión que respaldaba sus normas, la IAAF comunicó que estas entrarán en vigor el 8 de mayo próximo, miércoles. “Las atletas con DSD que quieran participar en pruebas de distancias comprendidas entre 400m y la milla tienen una semana para reducir sus niveles de testosterona, así que las aconsejamos que comiencen inmediatamente el tratamiento de supresión lo antes posible para llegar a un nivel inferior a 5 nanomoles por litro”, señala el comunicado. “Las atletas que quieran competir en los Mundiales de Doha (27 de septiembre a 6 de octubre) deberán entregar una muestra de sangre con esos valores antes del 5 de mayo y mantenerlos así al menos durante seis meses”.
Para reducir sus niveles de testosterona una persona debe someterse a tratamientos de estrógenos que generan variados e indeseables efectos secundarios, aunque la IAAF, en su normativa lo describe como sencillamente como el uso de anticonceptivos normales por vía oral, la píldora.
Caster Semenya se proclamó campeona mundial de 800m a los 18 años, en Berlín 2009. Pocos después, la IAAF le obligó a someterse tratamientos para reducir sus niveles de testosterona y Semenya comenzó a pelear por sus derechos ayudada por el caso de la atleta india Dute Chand, quien logró que en un primer laudo el TAS obligara a la IAAF a retirar sus normas de regulación. Desde entonces, Semenya ha sido una atleta imbatible. Su argumento ante el TAS partía de la consideración de que no estaba demostrado ni científica ni estadísticamente su elevado nivel de testosterona fuera la razón de su rendimiento.
El acuerdo del TAS se tomó por mayoría (2 a 1) de los tres árbitros que juzgaron el caso entre el 18 y el 22 de febrero, Annabelle Bennett, de Australia, Hugh Fraser, de Canadá, y Hans Nater, de Suiza. En cierta forma, en su comunicado de prensa, el TAS acepta parte de los razonamientos de Semenya, a quien abre la puerta de que pueda participar en el 1.500m sin medicarse. “Por falta de pruebas concretas, y no teóricas, de las ventajas de atletas con DSD en los 1.500m y la milla, de El TAS sugiere que se retrase su aplicación a esas distancias hasta que haya más pruebas”, señala el tribunal, que también advierte a la IAAF de la dificultad de imponer sus reglas sobre el DSD basándose solo en los niveles de testosterona. “Hay que tener cuidado con la posibilidad de que una atleta involuntariamente no pueda cumplir con la norma”, advierte. “Y hay que recordar que los efectos secundarios del tratamiento hormonal necesario para reducir su testosterona pueden significar la práctica imposibilidad de seguirlos, por lo que entonces veríamos que esta regulación no es proporcional”.