El Servicio Penitenciario no podrá desnudar a personas trans en las requisas

La Justicia falló a favor de los derechos de género de esos internos y prohibió a la fuerza federal forzar a “desnudos totales o parciales”.

El Servicio Penitenciario no podrá desnudar a personas trans en las requisas

La Justicia falló a favor de los derechos de género de personas transexuales detenidas y ordenó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) una serie de medidas a la hora de realizar las requisas a ese colectivo de reclusos, como por ejemplo no efectuar "desnudos totales y parciales" y que las revisiones las hagan "penitenciarios profesionales de la salud".

El juez de instrucción Hernán López hizo lugar a un habeas corpus que presentó la Defensoría General de la Nación, que lo calificó como "un fallo sin precedentes" para garantizar la identidad de género de personas transexuales, travestis y transgénero.

El magistrado señaló que de la denuncia presentada se determinó que durante las requisas las personas trans "han sido sometidas a desnudos públicos parciales o totales, habrían sido insultadas y maltratadas verbalmente de una forma tal que no se respeta su condición sexual" y que la revisión la hizo personal penitenciario "no capacitado adecuadamente para atender a su condición".

Esas denuncias las hicieron personas trans detenidas en la cárcel federal de Ezeiza durante entrevistas que mantuvieron con personal de la Defensoría, en las que dieron cuenta del trato que sufren cuando son requisadas al llegar a las alcaidías del Palacio de Tribunales y de Comodoro Py 2002, en Retiro.

La Defensoría informó a través de un comunicado, que el juez destacó que eso "constituye un agravamiento de las condiciones de su detención" y "una flagrante violación al derecho a la dignidad humana" que requieren "medidas necesarias y urgentes para hacer cesar dicho estado".

Así, López le ordenó al SPF que en cinco días arbitre los medios para que ante la necesidad de una requisa por seguridad a una persona trans le sea realizada "exclusivamente por personal penitenciario profesional de la salud -médico y/o sanitario-".

Y que el registro táctil se haga "sobre las prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales y parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto de su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado".

Lo mismo dispuso el magistrado respecto a si una persona de ese colectivo de género debe ser sometida a un examen médico para constatar lesiones.

El juez también le solicitó al SPF que presente un informe sobre "la posibilidad de implementar medios tecnológicos que puedan suplir la necesidad de realizar requisas corporales a los internos", como el uso de scanners; la elaboración de protocolos de ingreso específicos para el tratamiento de detenidas trans y propuestas para abordar la capacitación del personal penitenciario para el tratamiento de estos casos.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA