Habrá audiencias orales en los litigios viales

El juez escuchará a las partes y deberá resolver en forma inmediata.

Habrá audiencias orales en los litigios viales

El proyecto de modificación de la ley de tránsito, que está siendo analizado en la Comisión de Legislación del Senado, incorpora varios cambios vinculados a la seguridad. Así, propone que todos los ocupantes de un vehículo deberán utilizar el cinturón de seguridad, que los menores de doce años tendrán que ir en los asientos traseros y los más pequeños con un dispositivo homologado, y que los ciclistas deberán usar casco y el rodado tener luces delanteras y traseras. 

Sin embargo, hay dos modificaciones sustanciales. Una de ellas, que los municipios deberán contar con un cuerpo de inspectores municipales y juzgados administrativos de Tránsito, lo que hasta ahora es optativo. De hecho, la policía vial provincial sólo intervendrá en los siniestros en los que haya víctimas fatales. La otra, que el juez vial dictará la resolución de forma inmediata luego de una audiencia oral en la que escuchará a las partes y evaluará las pruebas recibidas, con lo que se pretende agilizar el proceso. 

Seguridad

La propuesta de modificar la ley 6.082 establece que todos los ocupantes del vehículo, tanto quienes vayan adelante como los que estén atrás, deberán utilizar el cinturón de seguridad. Los menores de doce años tendrán que viajar en los asientos de atrás y los menores de cuatro con un dispositivo de retención infantil homologado.

También se regula que los animales deberán ir en la parte de atrás del vehículo y sujetos, para que no interfieran en el campo de visión ni distraigan al conductor o limiten sus movimientos. Y para los conductores de bicicletas, con o sin motor, será obligatorio llevar casco de seguridad y que tengan instalada una luz blanca hacia adelante y una roja hacia atrás.

Daniel Tejada, jefe del Departamento de Accidentología de Godoy Cruz, consideró positivo que se regule la circulación de los ciclistas, pero planteó que se debería haber incluido un límite de dos personas para las motocicletas, algo que no se ha abordado.

Inspectores municipales

Si bien hay varios municipios que ya cuentan con su cuerpo de inspectores viales y con juzgados administrativos, hasta ahora esto es optativo. Mientras que si se aprueba la modificación de la ley de tránsito, pasará a ser obligatorio de acuerdo a un cronograma de adecuación que da un plazo de hasta nueve meses a partir de la vigencia de la nueva normativa. La policía vial de la provincia sólo participará cuando haya víctimas fatales. 

Tejada, quien también es perito de la Suprema Corte, señaló que esto requerirá de capacitación del personal porque ahora los juzgados viales municipales -en los departamentos donde existen- son administrativos. En tanto en un futuro deberán intervenir en accidentes con lesiones, por lo que pasarán a ser de faltas. Por otra parte, destacó que el proyecto contempla que se utilice un formulario único para actas, más allá de quién intervenga, lo que facilitará contar con estadísticas confiables para diseñar políticas de seguridad vial.

Licencia y documentación

Aunque recientemente se discutió si se podía o no retener la licencia, la nueva propuesta prohíbe la retención a menos que el carnet esté adulterado o falseado, su categoría no corresponda al vehículo que conduce u otras excepciones puntuales.

En cambio, incluye la posibilidad de inhabilitación por un cierto plazo a los infractores, como también de que se les encomiende trabajo comunitario. Esto, además de multa, secuestro del vehículo, obligación de concurrir a un curso de capacitación, según la infracción. Para recuperar la habilitación, se deberá concurrir a un centro de emisión de licencias de conducir y cumplir los requisitos para la obtención por primera vez de la licencia.

Otra modificación apunta a que para acreditar el pago del seguro se podrá presentar, además del recibo, comprobantes como correo electrónico, capturas de pantalla, mensajería instantánea y cualquier otro medio equivalente.

Aspectos centrales

El proyecto de modificación de la ley de tránsito 6.082 ingresó al Senado tres semanas atrás. Desde entonces se ha analizado en la Comisión de Legislación.

El senador Jorge Tévez (UCR), uno de sus integrantes, resaltó que se trata de una normativa cuyos dos aspectos centrales son que la seguridad vial pasa a estar a cargo de los municipios y que se establecen las audiencias orales para resolver más rápidamente los casos.

También destacó, entre otros aspectos, que se establece que los ciclistas deben respetar las normas de tránsito como cualquier otro vehículo e incluso puedan ser multados, y que el peatón conserva la prioridad, pero que debe cruzar por la senda peatonal.

Prohíben motos deportivas y tracción animal

La nueva propuesta incluye, en el artículo que establece prohibiciones a la circulación en la vía pública, la de conducir vehículos de tracción animal en las zonas urbanas, a menos que se cuente con autorización expresa de la Dirección de Seguridad Vial de la provincia.

También se prohíbe circular por la vía pública en motos deportivas, cross, enduro, cuatriciclo, arenero, karting -cualquiera sea su cilindrada- o cualquier otro tipo de vehículo que no cumpla con las condiciones técnicas de seguridad activas y pasivas.

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