El proyecto de Alfredo Cornejo, para crear un “registro de libertad provisional y un cuerpo de asistencia”, ya tiene la primera sanción y la semana que viene podría convertirse en ley.
Ayer, la Cámara de Diputados dio su aprobación al texto que permitirá controlar a aquellos sospechosos de cometer un delito que quedan en libertad en tanto avanza el proceso de juicio; a los condenados que no van a la cárcel porque la pena es leve y a los que salen en libertad antes de cumplir su condena.
Según explicaron, en esta última categoría entran los hurtos menores, las estafas cometidas por “mecheros” y los robos a propiedades privadas, delitos en los cuales la repetición suele ser en menos de 30 días.
“Tiene un sentido de contención y prevención de las personas que gozan libertad provisional, para evitar la reincidencia”, describió Mario Díaz (FpV), presidente de la comisión Bicameral de Seguridad.
El bloque justicialista aprobó por unanimidad el pedido de Cornejo, aunque con la condición de introducir un pequeño cambio en la letra, al que accedió la UCR y que consiste en que todas las modificaciones en la situación del sospechoso se carguen “en simultáneo” en el registro creado.
La iniciativa fue anunciada hace una semana por Cornejo y entró en un plan del Gobierno que busca agilizar los procesos judiciales, una de las promesas de campaña del Gobernador.
El mismo día de la semana pasada, el miércoles, también se conoció que la Suprema Corte, a través de una acordada, pondrá a trabajar al fuero penal por la tarde y que se creará un “Registro de detención y prisión preventiva” del Poder Judicial.
En el caso del proyecto que ahora será estudiado en el Senado, es el único del Ejecutivo que queda en tratamiento hasta que comience el período de sesiones ordinarias el 1 de mayo. Todos los demás, han sido aprobados en tiempo récord y éste, al parecer, no será la excepción.
Es que si bien contaba con el visto bueno de la Bicameral y el despacho de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados, no alcanzó a tomar estado parlamentario y el registro de los liberados fue tratado ayer sobre tablas, por lo que la posibilidad de debatirlo requirió del acompañamiento del FpV, ya que se necesitaba los dos tercios de los votos.
Si el acompañamiento de la oposición es igual en el Senado, la semana que viene también podría ser tratado sobre tablas y convertirse en ley, según adelantaron.
Los cambios
El proyecto tiene consenso tanto entre los partidos que componen el Frente Cambia Mendoza como en el FpV. En cambio, el FIT votó en contra. Según explicó Héctor Fresina, con este registro hay una “intromisión” del Poder Ejecutivo, ya que “el responsable del seguimiento de un liberado, que ya cumplió parte de la condena, es el juez de ejecución penal”.
En cambio, en el justicialismo acompañaron aunque con algunas observaciones. Según sostienen, se trata de un “aggiornamento” de algo que ya existe, apreciación que comparten en la UCR. A su vez, piden que se dote de recursos la iniciativa para llevarla a la práctica y para que no quede como un simple “trámite burocrático”.
Hace 10 años, la ley 7.503 creó la Dirección de Promoción de los Liberados, que básicamente regló los derechos del liberado y su responsabilidad de cumplir con todas las condiciones que se le impongan. En la actualidad, alguien que cuenta con la libertad provisional no tiene otra responsabilidad que presentarse a firmar cada tanto en las oficinas habilitadas, requerimiento que no es controlado.
“Hasta ahora el sistema de registro es en papel. En algunos casos tardan mucho en cargarse y, a veces, los legajos desaparecen en la Dirección de Asuntos Penales o en la Penitenciaría”, reconocieron.
A partir de que el proyecto de Cornejo sea ley, el registro tanto de los datos identificatorios del liberado como de cualquier modificación sobre su situación procesal será en formato digital. Se trata de una especie de historial electrónico del sospechoso.
A su vez, “toda resolución que determine la libertad provisional, la deniegue o modifique deberá comunicarse en forma inmediata y simultánea al Registro de Libertad Provisional”.
En este punto, el FpV agregó el carácter simultáneo “para que no se produzca ningún delay entre el juez y el registro”, explicaron.
La lupa sobre los delitos menores y la reincidencia
En la categoría de libertad provisional hay distintas consideraciones. Por un lado, están aquellos que, luego de cometer presuntamente un delito, durante su proceso de juicio logran la libertad por orden el juez de Garantías.
Pero también entran aquellos delitos menores y más comunes, que son excarcelables, como los hurtos en la calle, los “mecheros”, los robos en propiedades privadas, entre otros, que no cumplen su condena encerrados.
“Lograr el registro permite tener un seguimiento y control de los que gozan de libertad a partir de lo que observó el juez. Esto tiene que ver con un reclamo de la sociedad para evitar la puerta giratoria, que el que delincuente tenga un seguimiento para saber en que situación se encuentra”, defendió el peronista Mario Díaz, presidente de la Bicameral de Seguridad.
En cuanto a los delitos menores, y a diferencia de otros crímenes, como los pasionales, el radical Albarracín señaló que “son casos en los que suelen volver instantáneamente, la reincidencia mayor se da en los 30 días, ya que son personas que no encuentran trabajo ni otra forma de vivir”.
“La existencia de un registro y un listado permitirá que cuando un juez se encuentre con varias causas similares, pueda revisar la conducta del delincuente. Antes, quedaba eximido de prisión”, explicó el diputado.