En tiempos en que la política discute el futuro de la Justicia, y luego de que el diputado opositor Mario Vadillo fuera protagonista del fracaso oficialista de ampliar la Corte, se conoció un fallo de ese tribunal contra el legislador y su socio y amigo, José Luis Ramón.
Se trata de una causa iniciada en 1997, en la que Ramón y Vadillo, representando a familias ocupantes de un predio del ex ferrocarril Trasandino, demandaron al Estado para hacer valer el derecho de usucapión (ser propietarios tras 20 años de ocupar el lugar).
Ahora, la Corte resolvió que esas personas usurparon el terreno, el cual le pertenece legalmente a la Provincia. El fallo lo emitió el pasado 13 de junio la Sala I de la Corte, con la firma de los ministros Julio Gómez y Alejandro Pérez Hualde (Pedro Llorente no firmó por estar de licencia).
Y le dio la razón a la Provincia que, ya gobernada por Alfredo Cornejo, había presentado un recurso extraordinario contra un fallo previo que favorecía a los clientes de Ramón y Vadillo.
Según la sentencia, el proceso empezó en 1997. En ese año, los abogados de Protectora recibieron un poder para iniciarle juicios al Estado.
Sus clientes eran Marcos Pacheco, Julio Romo y Mónica y Claudia Álvarez. Todos con domicilio en calle Belgrano 570/568. Y todos ocupantes de una fracción de terreno en el que décadas atrás el Ferrocarril Trasandino, entonces dueño, había ubicado a sus familiares, empleados de la empresa, para vivir allí.
Cabe destacar que la ley nacional 12.969 (1947) dispuso transferir de la Nación a la Provincia, "a título gratuito", casi 10 hectáreas que ocupaban la estación, talleres, depósitos y galpones del Trasandino. La norma destinaba el predio a "un parque" y a "vía pública". Luego, la ley nacional 16.495 (1964) lo habilitó para "edificios públicos o viviendas sociales".
Con varios decretos (el último, el 1.942 de 1978), Mendoza aceptó la donación, e inscribió el terreno con el número 19.129 en el registro municipal. Hay además un acta "intención" de junio de 1993, en el que la Provincia toma posesión del predio.
Y en 1994 se sancionó la Ley 6.240, donando el inmueble a la Asociación de Artes, para construir un edificio "para el Coro de Niños Cantores".
En diciembre de 1997, los ocupantes, con Ramón de apoderado, entablaron la primera demanda, pidiendo el título “supletorio” del lugar.
Luego hubo otras. Una Acción Posesoria (en 2001, con Vadillo de apoderado y Ramón de patrocinante). Y una de Prescripción Adquisitiva (promovida por Vadillo), en 2009.
Los demandantes adujeron haber nacido y crecido en el lugar; que en 1997 sus familias llevaban 38 años ocupando el predio y que en 1993 "impidieron" el ingreso de autoridades provinciales, lo que demostró posesión. Por eso plantearon que había "animus dominis" (predisposición a ser dueño). Aunque reconocieron haber sido ubicados en el predio por el Trasandino. Con eso, la Provincia les endilgó que "nunca fueron poseedores".
La Justicia en primera instancia rechazó la demanda. Entendió que los ocupantes no demostraron, antes de 1993, querer ser dueños. Además consideró que no se cumplía la situación "pacífica e ininterrumpida" que ordena la ley, dados "los diversos actos de oposición" del Gobierno.
Ramón y Vadillo apelaron y la Primera Cámara de Apelaciones Civil les dio la razón. Entonces la Provincia, ya gobernada por Cornejo, interpuso el “recurso extraordinario” ante la Corte. Ese recurso es el que ahora el tribunal resolvió a favor del Estado.
En el Gobierno no esconden cierto regocijo con el fallo que afecta a quienes, a su entender, contribuyeron para que no saliera la pretendida ampliación de la Corte.
Hoy Ramón y Vadillo son figuras políticas reconocidas. Es cierto que Vadillo siguió interviniendo en la causa (escribió la respuesta al recurso extraordinario dos meses antes de asumir como diputado provincial). Pero ahora ambos están alejados de ésta y otras causas.
El propio Ramón lo expresó. “Ya no podemos participar”, dijo el diputado nacional, que igual recordó que “hay muchas otras causas y en varias se le ganó al Estado”.
Sobre este caso en sí, consideró que “seguramente habrá una nueva apelación, a la Corte nacional”. Aunque confirmó que ni él ni Vadillo participarán en esa instancia.
El Gobierno tramita el desalojo
Hacia el 2000, Fiscalía de Estado intentó persuadir a los ocupantes del predio de calle Belgrano para que lo desalojaran. Lo hizo atendiendo a que la ley exige que debía garantizárseles una solución habitacional. "Sólo una familia aceptó la oferta que se les hizo", contó un funcionario de esa época.
Según algunos, quienes decidieron quedarse y resistir tenían intenciones desarrollar en el terreno un emprendimiento inmobiliario privado.
Hoy, con el último fallo de la Corte, el Gobierno buscará concretar el desalojo. Por eso ha presentado ante la Justicia civil una "acción reivindicatoria".
Otra causa complica al diputado nacional
Otro fallo supremo, emitido en 2015, afecta a José Luis Ramón, quien aún pelea para no ser suspendido como abogado.
La Corte rechazó una Acción Procesal Administrativa que Ramón presentó contra una sanción de "20 días de suspensión" que le impuso el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados (ratificada por la Federación de de Colegios y por la Sala Administrativa de la Corte).
En diciembre de 2004, una clienta denunció al hoy diputado nacional por retenerle fondos en un juicio laboral.
El tribunal de Ética consideró que Ramón incumplió "las instrucciones impartidas por su clienta" de abonar a un cesionario $ 21.847.
También le cuestionó haber retenido $ 15.150 de honorarios “sin acreditar convenio y excediendo el 20% previsto para juicios laborales”.
Ramón planteó “contradicciones” en la sanción y hasta presentó una declaración posterior de su clienta, hecha ante escribano público, en donde la mujer se desdice de lo denunciado.
"Hubo una confusión con todo eso", aclaró Ramón a Los Andes. tras confirmar que el hecho "está recurrido" y espera respuesta para llevarlo a la Corte nacional.