El Gobierno aclaró que las reuniones familiares y de amigos deberán finalizar a las 23

Revisá en esta nota los horarios para realizar las actividades permitidas en Mendoza. 

El Gobierno aclaró que las reuniones familiares y de amigos deberán finalizar a las 23
El Gobierno aclaró que las reuniones familiares y de amigos deberán finalizar a las 23

Este lunes, tras la publicación del decreto nacional que habilita a Mendoza a pasar a la etapa de distanciamiento social en el marco de la pandemia por coronavirus, el ministro de Gobierno Víctor Ibáñez explicó la nuevas medidas que se aplicarán a partir de mañana en la provincia.

Debido a que surgieron algunas dudas sobre los horarios permitidos para las juntadas familiares y de amigos, esta tarde hicieron algunas aclaraciones necesarias.

Durante la conferencia de prensa, el ministro de gobierno dijo que no iba a haber restricciones de horario en las reuniones familiares, de amigos o en las actividades físicas. 

Sin embargo, este tarde explicaron que el funcionario estaba hablando en marco de las medidas adoptadas en la etapa anterior. Es decir que dichas actividades deberán finalizar sus actividades a las 23.00 hs, tal y como venía sucediendo. 

Sólo quedan habilitados para funcionar las 24hs las farmacias y el expendio de combustibles.

Además, luego de una revisión de los protocolos y de las nuevas medidas, el Comité Epidemiológico recomendó revisar los horarios con el fin de evitar posibles aglomeraciones en el transporte público de pasajeros.

Por lo que dispuso que, los horarios autorizados quedan de la siguiente forma:

Comercio en general de 10 a 19hs.

Supermercados e hipermercados y mayoristas de 8 a 19hs.

Shopping y centros comerciales de 10 a 19hs.

Bares, restaurantes y cafés de 7 a 23hs (Incluye los ubicados en el interior de Centros comerciales, malls o shoppings).

Gimnasios y actividad física de 7 a 23hs.

Reuniones familiares y de amigos de 7 a 23hs.

Deliverys de 7 a 23hs.

Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación. Expendio de combustible sin límites de horario.

Cabe aclarar que estos son los límites de horarios que dispone el Gobierno de apertura y cierre. Los comerciantes dentro de ese margen de horario pueden disponer en qué horario abrir y cerrar según su necesidad y/o conveniencia.

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