El BCRA frena arbitrajes y giro de dólares a cuentas de inversión en el exterior

A través de una comunicación, el organismo dificulta la operatoria de compraventa de títulos que permite hacerse de dólares

El BCRA frena arbitrajes y giro de dólares a cuentas de inversión en el exterior
El BCRA frena arbitrajes y giro de dólares a cuentas de inversión en el exterior

E l Banco Central (BCRA) salió a frenar la operatoria conocida como "bucle" o rulo vip para las personas físicas. La normativa le pega particularmente al arbitraje entre bonos comprados en el exterior y dólar MEP. Fuentes del BCRA aclararon que el organismo busca frenarlas operaciones especulativas mediante estas medidas.

Se trata de un arbitraje que empieza trayendo al país un bono en dólares del exterior para venderlo contra dólares locales o dólar MEP. Esos dólares locales se transferían al banco y, desde ahí, a una cuenta en el exterior para luego volver a empezarla operatoria. La ganancia estaba en que los bonos en dólares estaban más baratos en el exterior de lo que se vendían a nivel local contra MEP.  "Había gente haciéndolo, ese spread llegó a tocar 10% en dólares y hoy estaba en 3%", señaló un operador.

"Es para desalentar el rulo que hacían de offshore a on shore. Como había cierto spread entre el dólar MEP y el contado con liquidación y es para que no hagan esa diferencia, más que para el tipo que quiere sacarla guita y dejarla afuera", coincidió un colega.

El organismo monetario ya había intentado limitar esta operatoria implementando una declaración jurada donde el cliente que comprara dólares armara que no iba a usarlos para comprar bonos soberanos.

Ahora, a través de la Comunicación "A" 6799, el BCRA obliga a los inversores a quedarse con el bono durante 5 días para evitar compraventas inmediatas que son las que permiten hacerlos arbitrajes y acceder a ese tipo de cambio.

El organismo fijó que "cuando las personas humanas adquieran títulos valores mediante liquidación en moneda extranjera, los mismos deberán permanecer en la cartera del comprador por un período no menor a 5 días hábiles a contar desde la fecha de liquidación de la operación, antes de ser vendidos o transferidos a otras entidades depositarias. Este plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando la venta de los títulos valores sea contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra".

De esta manera, ataca particularmente las operaciones realizadas en jurisdicciones diferentes, por ejemplo, cuando se compra un bono en Nueva York y se vende en Buenos Aires.

Si, en cambio, la operación tiene la misma jurisdicción para la compra y la venta, no hay ningún impedimento. En síntesis, no agrega una limitación lo que se conoce como "Dólar MEP", que permite acceder a un tipo de cambio implícito mediante compra y venta de bonos a nivel local. El BCRA ya había regulado que las operaciones de MEP por hasta u$s 10.000 requerían inmovilizar los bonos por 5 días, aunque las que superaran ese monto tenían podían liquidarlo en 48 horas.

Al mismo tiempo, si el inversor quiere venderlos bonos una vez transcurridos los 5 días y transferir las divisas, tendrá que esperar 5 días más para girar los dólares al exterior. La Comunicación del BCRA estableció que "las personas humanas que transfieran divisas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas bancarias propias en el exterior deben presentar una declaración jurada de que no han efectuado venta de títulos valores con liquidación local en moneda extranjera en los últimos 5 días hábiles".

Al mismo tiempo, las transferencias al exterior solo se pueden hacer hacia una cuenta bancaria de la cual sea titular, ya no se podrán transferir dólares a cuentas de inversión. Esto apunta no sólo a frenarla especulación,sino también a contener la fuga de capitales.

Sobre este punto, en el BCRA armaron que se afecta la actividad de los broker pero no de los ahorristas "genuinos". Sucede que los brokers ofrecían a los minoristas girar las divisas a una cuenta de inversión en el exterior en lugar de a una cuenta bancaria de la misma titularidad. A partir de esta norma, esa maniobra queda prohibida.

Por Melina Manfredi

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