Con el ojo puesto en las agencias de turismo, el Banco Central (BCRA) reiteró hoy que se encuentra vigente la obligación de ingresar y liquidar los cobros por exportaciones de servicios, establecida a través de la comunicación "A" 6770, que normó el cepo al dólar .
"La norma establece taxativamente que los cobros por la prestación de servicios por parte de residentes a no residentes deberán ser ingresados y liquidados en el mercado de cambios. Esto debe realizarse en un plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior", recordó el comunicado de la autoridad monetaria.
Y resaltó que la disposición "alcanza a todos los exportadores de servicios, incluyendo sectores tales como consultoría, turismo, diseño, entre otros". "Los incumplimientos a esta normativa se encuentran plenamente alcanzados por la Ley del Régimen Penal Cambiario", recalcó el comunicado.
Según pudo saber El Cronista, el organismo que conduce Miguel Pesce detectó que algunas agencias de turismo residentes en el país están utilizando cuentas en el exterior para depositar los dólares provenientes de las ventas de servicios turísticos en el extranjero.
Por eso, la entidad publicó este recordatorio "amigable", mientras investiga las triangulaciones en cuestión. De persistir esta actitud por parte de las compañías, en el edificio de Reconquista 266 se preparan para efectuar sanciones.