Ayer, por declaraciones del jefe de Gabinete, Marcos Peña, trascendió que el sueldo de un obispo es de más de 40 mil pesos según el caso, lo cual generó bastante repercusión nacional.
El Arzobispado de Mendoza confirmó la percepción de estos montos e hizo además algunas salvedades.
"A las Diócesis se les hace llegar, vía Secretaría de Culto y Conferencia Episcopal Argentina, el aporte equivalente para el obispo titular al 70% del "sueldo básico mínimo de un Juez de 1º instancia"; y a los obispos auxiliares el 60%. De lo que resulta que a la Arquidiócesis de Mendoza se le deposita mensualmente, $46.000 y $40.000", detalló el Presbítero Mario Héctor Panetta Arce, Canciller y Secretario General del Arzobispado local.
Agregó: "este depósito queda en disponibilidad del Fondo Común de la Diócesis. Nuestros obispos reciben aproximadamente el 25% de bolsillo. Lo demás queda para sostenimiento de la Iglesia". De acuerdo a esto lo que recibiría efectivamente el obispo titular es 11.500 mil pesos y un obispo auxiliar 10.000 pesos.
Se aclaró también que no se trata de sueldos sino de asignaciones que se entregan a las Diócesis.
Sin embargo, el cargo de obispo titular está vacante en la provincia luego de que el 8 de diciembre pasado falleciese Carlos María Franzini. La autoridad máxima la ejerce transitoriamente monseñor Dante Gustavo Braida, que ocupa el puesto de Administrador Apostólico. En segunda instancia se encuentra monseñor Marcelo Fabián Mazzitelli, quien es Obispo Auxiliar. Con más especificidad, se percibe 46.800 pesos por el primero y 40.950 por el segundo.
El origen del debate fue la declaración del jefe de gabinete Nacional, Marcos Peña quien debió responder 1.318 preguntas en el marco de su presentación ante la Cámara de Diputados para una sesión informativa.
La pregunta número 25 consultó sobre cuánto ganan los referentes máximos de la Iglesia en las diferentes jurisdicciones. La inquietud la planteó el bloque Evolución, que lidera el porteño Martín Lousteau.
Sobre esto, Peña señaló que para la remuneración de los obispos este año se destinarán 130.421.300 pesos.
Más en detalle refirió que un obispo diocesano cobra $46.800 mensuales; un obispo auxiliar, $40.950; un obispo emérito, $40.950; y los administradores apostólicos y diocesanos, $46.800.
Desde el Arzobispado advirtieron que se trata de algo conocido públicamente y cada tanto resurge el debate.
Dispuesto por ley
La disposición de presupuesto para sostén de la Iglesia Católica está estipulada por ley, en normas que datan de finales de la última dictadura militar.
De hecho los textos están firmados por personajes como Jorge Videla, Albano Harguindeguy, José Martínez de Hoz y Reinaldo Bignone.
La dirección nacional de Culto Católico, que depende del ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se define como una instancia que funciona como nexo que entre el Estado y la Iglesia Católica Apostólica Romana. Entre sus competencias se incluye proponer el proyecto de presupuesto anual para el sostenimiento del culto católico e intervenir en su ejecución.
La ley 21.950, de 1979 determina en su primer artículo que "Los arzobispos y obispos con jurisdicción sobre arquidiócesis, diócesis, prelaturas, eparquías y exarcados del Culto Católico Apostólico Romano gozarán de una asignación mensual equivalente al 80 % de la remuneración fijada para el cargo de Juez Nacional de Primera Instancia, hasta que cesen en dichos cargos".
En tanto el artículo 2 fija en 70% de ese monto lo que perciben mensualmente obispos auxiliares de las jurisdicciones señaladas y el Secretario General del Episcopado.
La ley N° 21.540 de 1982 contempla una asignación vitalicia para determinadas jerarquías eclesiásticas. Esto es en caso de que cesen sus funciones por la edad (más de 75 años) o invalidez, en el caso de Arzobispos y Obispos con jurisdicción sobre Arquidiócesis, Diócesis, Prelaturas o Exarcados del Culto Católico le corresponde una asignación mensual de 70 % de la remuneración fijada al cargo de Juez Nacional de Primera Instancia en el Presupuesto General de la Administración Pública nacional.
Obispos auxiliares de Arquidiócesis, Diócesis, Prelaturas o Exarcados del Culto Católico en las mismas circunstancias reciben 60% de la suma fijada como parámetro.
Las ley 22.162 también estipula un monto mensual destinado al sostenimiento del culto católico que reciben sacerdotes y vicarios. En tanto la 22.430 (luego 1.288) lo hace para jubilaciones y pensiones de sacerdotes del culto. Esto último se fija en "una asignación mensual vitalicia equivalente al haber mínimo de jubilación del Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones para Trabajadores en Relación de Dependencia".
Por aquel entonces, ya en las postrimerías del gobierno militar, se procuró sostener también la formación del clero a través de la ley 22.950 de octubre de1983 (en diciembre asumió la gestión democrática).
“El Gobierno Nacional contribuirá a la formación del Clero Diocesano, para lo cual los Señores Obispos residenciales o quienes hagan canónicamente sus veces percibirán en concepto de sostenimiento mensual por cada alumno de nacionalidad argentina del Seminario Mayor perteneciente a la propia jurisdicción eclesiástica, el equivalente al monto que corresponda a la Categoría 10 del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional”, reza el artículo 1.