El agua es la prioridad absoluta

Ayer publicamos una editorial sobre la importancia del agua en Mendoza. En el día de hoy editamos la segunda y última nota, ya relacionada con los aspectos concretos de la gestión en este tema a todas luces fundamental para la provincia.

El agua es la prioridad absoluta

Durante julio pasado el Departamento General de Irrigación (DGI) produjo dos anuncios de alto impacto sobre el tema más sensible en nuestra provincia: el uso del agua, en este caso, de riego.

Ambos anuncios han sido tratados ampliamente en nuestras páginas y ameritan sobradamente algunas reflexiones en esta columna.

Uno de los anuncios se refiere a la intención de aplicar, a modo de ensayo, modificaciones en el actual sistema de distribución por turnos del agua de riego agrícola.

El otro, posiblemente de mayor trascendencia inmediata, se trata de la modificación de normas legales vigentes sobre la administración del agua subterránea, reguladas por las Leyes 4.035 y 4.036, sancionadas en 1974.

Cabría aquí señalar, sin ironía alguna, que a medida que las aguas de riego se aclaraban por efecto de los embalses, la administración de las mismas se oscurecía.

Son conocidos los escándalos de la gestión Frigerio-Villalón, durante el gobierno de Celso Jaque y que las gestiones siguientes han tratado de enmendar.

Precisamente introducir claridad donde no la había parece ser el propósito que guía a las autoridades actuales en la modificación de las normas que comentamos.

En concreto se trata de la suspensión de la Resolución 164/13 del DGI, norma que, según el Superintendente, "logró que se creara un mercado negro, ilegal de perforaciones".

La suspensión se ha concretado mediante la Resolución 898/17.

La resolución ahora suspendida permitía el traslado de un pozo que cerraba en una propiedad, a otra propiedad en la que se realizaba una nueva perforación, siempre que fuera en la misma cuenca.

Hablando en propiedad, lo que traslada o transfiere es el derecho a perforar, ya que los pozos no se trasladan.

Es al amparo de la norma suspendida que surgió la posibilidad de vender y comprar derechos de perforación.

De ahí que no queda claro porqué es un "mercado negro, ilegal".

Sea como fuere lo importante es el propósito que persigue la suspensión: que técnicos de Irrigación de las cátedras de Derecho del Agua de la Universidad de Mendoza propongan un nuevo régimen de otorgamiento del derecho a perforar.

Más importante aún es que en el lapso de la suspensión se deben desarrollar los estudios para afinar la información referida al estado de los acuíferos de la provincia.

Sin duda ésta es la cuestión central en materia de agua subterránea: primero, saber si hay agua y luego, decidir qué se hace con ella. 
Lo primero es una cuestión técnica; lo segundo es una cuestión económico-social de la eficiencia del uso de la misma.

Parece ocioso recordar la absoluta limitación de disponibilidad de este recurso del cual dependen nuestras vidas en estas tierras.

El otro anuncio, sobre experimentación en la distribución del agua de riego, fue anterior pero su aplicación se concretará dentro de unos meses.

Es muy interesante que según las autoridades del DGI se trata de medidas tendientes al ahorro del consumo de aguas subterráneas y, a más largo plazo, la meta es ampliar las zonas bajo riego en la provincia.

En la modificación de la forma en que se deciden los turnos se ensayarán dos sistemas aplicando innovaciones tecnológicas.

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