Facundo Méndez Salinas, el joven de 19 años que fue detenido por el asesinato a sangre fría del panadero Fabián Mariño, recibió el año pasado una leve condena que lo dejó en libertad. La sentencia es polémica ya que la jueza que lo liberó podía haberle dictado hasta 6 años de prisión, pero optó por darle un año y en modo condicional.
"Charango" Méndez fue detenido ayer en el barrio Soberanía de Maipú, donde horas antes había sido asesinado a tiros el panadero cuando terminaba de realizar el reparto. Pero no es la primera vez que el joven está en un calabozo.
El año pasado estuvo 14 días detenido y fue liberado por una sentencia de la jueza Belén Renna en un juicio abreviado, confiaron a Los Andes fuentes vinculadas a la investigación.
El 28 de octubre de 2016 “Charango” estuvo vinculado a una causa por robo agravado y su captura fue solicitada.
Además, según consta en su registro delictivo, el 23 de diciembre de 2017 Méndez fue arrestado tras un allanamiento en el barrio Soberanía Argentina en una causa por averiguación por abuso de arma de fuego.
Como si fuera poco, el 5 de abril pasado fue detenido por "lesiones leves agravadas por ser la ex pareja (la víctima), en concurso real con el delito de abuso de arma de fuego".
“Charango” fue inicialmente imputado por lesiones leves -el artículo 89 del Código Penal prevé penas de un mes a un año de prisión con agravante del artículo 92, que prevé penas de 6 meses a dos años de detención- en concurso real con abuso de armas. Para este delito, la Justicia contempla una pena de uno a 3 años (artículo 104) con agravante de un tercio (prisión de un año y 4 meses a 4 años), según el artículo 105.
Además, el artículo 55 de concurso real del Código Penal indica que se debe utilizar un año y 4 meses de pena mínima y 6 años de máxima por la suma de los máximos de los dos delitos.
Es decir que Méndez pudo haber haber recibido una pena de 2 a 6 años. Pero la jueza Renna optó por condenarlo a un año con ejecución condicional, desestimando las lesiones y un robo agravado de 2016. El Código Penal autoriza esta pena en la primera condena cuando ésta no fuere superior a 3 años. Este no fue el caso.
Las normas contemplan que, incluso sin tener en cuenta la causa por lesiones, Méndez debió quedar preso ya que sobre él pesaba un pedido de captura y, por lo tanto, suponía riesgo procesal.
El mínimo que debió aplicar la magistrada era una condena de un año y 4 meses por el abuso de armas en contexto de género, analizaron las fuentes consultadas.
"Charango" fue reconocido esta mañana en una rueda de personas y, luego de ser imputado por el homicidio del panadero, quedó alojado en el penal de Boulogne Sur Mer.