El abordaje de la violencia de género desde el Estado

El abordaje de la violencia de género desde el Estado

Hace quince años que me desempeño como juez dentro del fuero de Familia y he sufrido, con impotencia, la inoperancia del Estado para enfrentar eficazmente tal flagelo. No porque no haya habido voluntad política para hacerlo sino porque aún no podemos vencer las barreras burocráticas que provocan la desarticulación de los recursos económicos y humanos ubicados dentro del propio Estado provincial.

Este fenómeno hoy es abordado por el Poder Ejecutivo a través de distintos organismos destinados a orientar, asesorar y proteger a las mujeres víctimas de violencia, estando involucrados especialmente los ministerio de Seguridad y de Salud y Desarrollo Social y, a su vez, el Poder Judicial lo trata en el ámbito penal, por la posible comisión de delito y en el fuero de Familia, a fin de adoptar medidas de protección hacia la víctima y su grupo familiar conviviente, especialmente cuando hay hijos menores de edad o mayores con capacidad restringida y/o adultos mayores.

Todo este accionar se direcciona hacia el mismo objeto y trabaja con la misma realidad fáctica: “la violencia de género”, pero, lamentablemente, en forma discoordinada, como si el Estado estuviera configurado por compartimientos estancos imposibles de conectar y articular.

Por ello, entiendo que en el ámbito del Poder Judicial debería pensarse en la creación de Juzgados Especializados en Violencia Familiar y de Género, con una estructura conformada por varios jueces, secretarios, prosecretarios, auxiliares, un cuerpo de profesionales interdisciplinarios (psicólogos, psiquiatras y trabajadoras sociales) destinados específicamente a los mismos y movilidad propia, con una guardia las 24 horas para casos urgentes por su gravedad.

En la esfera penal, habría que pensar si no resulta conveniente, por la idea que ya ha esbozado el señor procurador general, crear fiscalías también especializadas en la materia, que coordinen y compartan con los juzgados de violencia la información, la toma de medidas de protección civiles y penales y el cuerpo de profesionales a fin de realizar las evaluaciones, los controles y el seguimiento que resulten necesarios.

Del mismo modo, el Poder Ejecutivo debería coordinar las tareas que se desarrollan a través del abordaje social y por intermedio de la policía, donde también, en consonancia con la especificidad de las fiscalías, se deberían asignar Comisarías u otras dependencias policiales especialmente predispuestas para receptar y trabajar este tipo de denuncias.

Todos estos sectores, tanto del Poder Judicial cuanto del Poder Ejecutivo, deberían estar coordinados a través de una estructura interinstitucional -lo menos burocrática posible- en la que converjan dos funcionarios del Poder Judicial (uno por la parte civil y el otro por la penal) y dos por el Poder Ejecutivo (uno de la parte social y otro de seguridad) resultando fundamental que tengan llegada directa a los más altos niveles de decisión dentro de cada poder y suficiente autonomía funcional como para tomar decisiones urgentes en todo lo referido a la organización y coordinación de las distintas áreas.

Esta organización deberá estar sustentada fundamentalmente en un sistema informático, con un programa compartido por todos los actores del sistema, que permita llevar un registro de las denuncias, las víctimas y los victimarios, domicilios, redes familiares, vecinales y sociales de contención y protección, medidas adoptadas, seguimientos, controles, existencia y tramitación de causas administrativas y/o judiciales, procesamientos, condenas, reincidencias, agravamientos de las situaciones, etc, de modo que posibilite la actuación en línea y en tiempo real de todos los actores.

La guardia de 24 horas debería estar integrada por personal, profesionales y funcionarios de las distintas áreas en un mismo centro de atención, con teléfonos fijos y móviles y movilidad propia a fin de acudir a las urgencias. Asimismo, para los casos graves y sobre todo los fines de semana, deberían disponerse refugios para las víctimas y contar con recursos económicos -subsidios- y materiales para asistirlas en la emergencia.

Más allá de lo que se pueda hacer con el victimario, no olvidemos que cualquier examen psíquico y, sobre todo, cualquier tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, requiere ineludiblemente de su voluntad, caso contrario va destinado al fracaso y que, en gran medida y en las situaciones de gravedad, se trata de personas con patologías crónicas que demandan tratamientos a largo plazo. Por eso creo que los esfuerzos y recursos hay que concentrarlos en las víctimas y, quizás sí, lo que resulte más efectivo en relación al victimario sea que, al principio, una vez adoptada la medida de protección, se controle su accionar posterior a fin de determinar si respeta la medida de protección adoptada o no y, a partir de ahí, evaluar el riesgo potencial que pueda representar para la víctima y qué otras medidas conexas civiles y/o penales resultan necesarias.

De esta manera, o alguna que se asemeje, se podrá objetiva y materialmente disminuir los casos de revictimizaciones y homicidios de mujeres víctimas de violencia de género, a través de un abordaje multi e interdisciplinario e interinstitucional mucho más eficaz.

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