Más penalidades para conductores alcoholizados

La Cámara de Diputados acaba de dar media sanción al agravamiento de las sanciones a conductores que manejan con nivel de alcohol en sangre por encima de lo permitido. Es buena la intención, pero hay que lograr que no haya infractores de esta condición en la vía pública, porque los daños que causan son irreparables.

Con respecto a la alta frecuencia de conductores que salen a conducir con niveles de alcohol en sangre en nuestra provincia, proponemos que las personas que compartan una reunión o algún otro evento con alguien que ha bebido, asuman medios disuasorios que impidan que alguien salga a conducir en ese estado a las calles o a una ruta.

Hay un amplio espectro de situaciones en que uno o más testigos acreditan la inferioridad de condiciones de alguien que ha consumido bebidas alcohólicas.

De acuerdo a la organización internacional Narconon, la prevención es una parte importante de la eliminación de este problema, que es mundial. Educar a los jóvenes sobre las consecuencias de manejar un automóvil bajo influencia alcohólica en cualquier lugar, es prioritario.

Pero, la prevención es algo que llega demasiado tarde para alguien que no medita sobre los riesgos del alcohol al volante.

¿Podrá servir en Mendoza el endurecimiento de las sanciones a los conductores borrachos? Esperamos que sí y que el procedimiento se convierta pronto en ley.

La instancia que comentamos fue aprobada por la Cámara de Diputados al dar media sanción a las modificaciones en el Código Contravencional que impone penas más duras para los conductores alcoholizados.

La cámara Baja aprobó esa iniciativa y otras que forman parte del paquete de normas en materia de seguridad.

En el tema que nos interesa -beber y luego manejar-, uno de los puntos aprobados agrava la situación de los conductores alcoholizados con más días de arresto y una multa más onerosa.

Se trata de modificaciones al Código Contravencional que tienden a “reforzar aspectos de seguridad pública contenidos en las figuras contempladas y que no están siendo efectivos para los fines perseguidos”.

Entre otros puntos, la norma convalidada por los diputados promueve como sanciones ante infracciones al código, “arresto desde un día a 120 días, para darle ese margen al juez, de una sanción mayor y se aumenta la multa hasta 12.000 unidades fiscales (UF)”, que de acuerdo al valor actual de las UF, la sanción implicaría pagar un millón de pesos. También impone trabajos comunitarios. Por otra parte, se agrega un párrafo al artículo 31 del código, sobre la graduación de la sanción, además de tenerse en cuenta las condiciones personales y los antecedentes del infractor. En lo concerniente a la reiteración de la falta se tendrán en cuenta los antecedentes penales y contravencionales.

Sobre la reincidencia, se dispuso que “es reincidente, a los efectos de este código, la persona que ha sido condenada por una contravención e incurriere en otra dentro del término de un año a partir de la fecha en que quedó firme la anterior sentencia condenatoria”.

En el mismo sentido, se dispuso que quien conduzca con una alcoholemia igual o superior a un gramo por litro de sangre será sancionado con multa desde 4.000 hasta 11.000 UF o arresto de hasta 120 días.

La ampliación de las penas, como se ve, es válida cuando se detiene a un sujeto en esas condiciones que aún no causó un incidente vial grave. Pero, en los otros casos en sí son la causa del siniestro de tránsito, el aumento de la penalidad llega tarde.

La vida de Luana Agostina Poso, de 3 años, no volverá. Fue atropellada en agosto de 2023 de manera brutal por Aníbal Balmaceda, en la ruta 62 de Rivadavia, cuando guiaba un vehículo con 2,31 gramos de alcohol en sangre, y de esa forma este último pasó a integrar la extensa lista de conductores alcoholizados de nuestra realidad mendocina.

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