Ante el aumento paulatino de ataques inesperados por parte de perros potencialmente peligrosos en Mendoza, se debe extremar el cumplimiento de las obligaciones que deben cumplir los propietarios de canes y el cumplimiento de reglamentaciones preventivas avaladas por las leyes.
Entre otras razas, podemos señalar dentro de esa categoría a los pit bull terrier, rottweiler, dogo argentino y doverman.
Las crónicas dan cuenta de la agresión de animales, que en general se caracterizan por su agresividad y una enorme fuerza en sus mandíbulas.
Entre las víctimas, un importante número tiene entre cinco y nueve años, y en general esas lesiones y mordeduras ocurren en el espacio público.
En Mendoza, este año se han producido varios casos similares, en los cuales perros de las connotaciones descriptas han atacado a menores, y mujeres. Uno de los episodios muy preocupante fue la agresión de un bull terrier a una niña que había quedado al cuidado de una de sus abuelas.
Según especialistas, el perro, muchas veces, se siente invadido por los niños, y en su afán por defender su lugar o área de pertenencia, ataca.
Para atemperar los riesgos que potencialmente pueden causar estos animales, los dueños deben inscribirse en un registro de propietarios de perros peligrosos y contratar un seguro de responsabilidad civil.
También se prescribe la identificación del perro mediante la colocación de un collar con una chapa identificatoria. Al circular por la vía pública, el perro debe estar provisto de bozal y sujeto con una correa. En propiedades privadas se deberá garantizar un cerramiento adecuado para proteger a las personas. Asimismo, está prohibido el abandono de canes alcanzados por estas condiciones.
Obviamente, estas y otras diversas disposiciones para morigerar el impacto de agresiones de canes potencialmente riesgos no se cumplen, y fallan los dueños de los animales y el Estado (provincial y municipal) en aplicar las leyes que tienen por fin primordial la protección de las personas.
Lamentablemente en Mendoza tenemos una ley al respecto, pero no se aplica debidamente al no estar reglamentada.
En diciembre de 2006 se sancionó la ley 7.633 “de tenencia de canes peligrosos”, autoría del exsenador Alejandro Volpe. La norma estableció determinadas disposiciones aplicables a la tenencia de canes o perros peligrosos. Una de ellas es la ya mencionada creación de un registro municipal de las razas que la autoridad competente considere incluidas en la categoría de perros peligrosos.
Pero, aquí aparece el despropósito: tal registro debió implementarse a los seis meses de la entrada en vigor de la ley. Han pasado 17 años y el Poder Ejecutivo todavía no reglamenta esa norma.
Esta anómala situación la denunció hace algunos días en este diario el exlegislador y abogado Aldo Vinci.
En el caso que estamos analizando, han transcurrido 17 años “durmiendo el sueño de los eternos”, ya que al no haber sido reglamentada se transforma en letra muerta y solo parte del digesto legislativo de la provincia para consulta.
Como hemos señalado, son muchos los lesionados por mordeduras de perros considerados peligrosos, pero nadie se hace cargo de la situación, dejando a vecinos y vecinas en un estado de indefensión.
Es urgente entonces que se tomen cartas en el asunto y se proceda a la reglamentación de la ley 7.633, lo que permitiría la protección de las habitantes e impedir en lo posible esta sucesión de ataques por canes, cuyos dueños no ejercen los debidos controles, como indican las normativas.