Aprobación de más de cien decretos presidenciales

No se justifica que en forma perentoria el oficialismo pretenda ahora convalidar más de un centenar de medidas de distinta índole, que en muchos casos seguramente merecerían un abordaje cuidadoso.

Aprobación de más de cien decretos presidenciales
No se justifica que en forma perentoria el oficialismo pretenda ahora convalidar más de un centenar de medidas de distinta índole, que en muchos casos seguramente merecerían un abordaje cuidadoso.

El kirchnerismo acaba de otorgar dictamen favorable a 116 decretos presidenciales de necesidad y urgencia (DNU) que Alberto Fernández dictó desde su asunción, en diciembre de 2019.

Lo hizo al cabo de una reunión de la comisión bicameral del Congreso que se encarga de éste y otros asuntos relacionados con trámites legislativos que muchas veces no trascienden pero que son de enorme valor institucional.

En este caso, el Frente de Todos aprovechó la mayoría que todavía posee en las cámaras, especialmente en el Senado, para dictaminar a favor de las referidas iniciativas del Poder Ejecutivo y llevarlas al recinto para su convalidación antes del recambio legislativo surgido de las recientes elecciones, que se producirá a partir del 10 de diciembre.

Una buena parte de los decretos presidenciales que serán aprobados están relacionados con las medidas restrictivas que el presidente Fernández aplicó durante los meses de cuarentena estricta por efectos de la pandemia de Covid 19.

La oposición de Juntos por el Cambio decidió retirarse de la reunión de la Comisión Bicameral argumentando que se cometió un atropello institucional con la estrategia oficialista de abordar el contenido de semejante cantidad de DNU sólo en una jornada legislativa.

En respuesta, el oficialismo pretendió dejar sin fundamentos a la oposición argumentando que sí hubo un permanente análisis de la constitucionalidad de cada decreto presidencial pese a no haberse puesto los mismos a consideración en sesiones legislativas.

Debe tenerse presente que la Constitución Nacional, en el apartado 3 del artículo 99, le otorga al Poder Ejecutivo la posibilidad de emitir decretos por motivos de necesidad y urgencia ante circunstancias excepcionales, como bien puede encuadrarse la emergencia sanitaria afrontada el año pasado, pero con la salvedad de que luego sea el jefe de Gabinete de ministros quien los ponga a consideración de una comisión bicameral permanente, la que, a su vez, deberá emitir despacho perentorio y ponerlo a consideración del plenario del Senado y de la Cámara de Diputados para su consideración y eventual aprobación definitiva.

La mayoría de los gobiernos han abusado del recurso de los DNU para tomar determinaciones rápidas y alejadas de posibles diferencias legislativas propias del disenso.

Pero ello no justifica que en forma perentoria el oficialismo pretenda ahora convalidar más de un centenar de medidas de distinta índole, que en muchos casos seguramente merecerían un abordaje cuidadoso.

Si bien desde el Frente de Todos se argumenta que el tiempo de pandemia debería ser considerado como el que más justificó en muchos años la adopción de medidas por decreto, aquel justificativo esgrimido sobre un supuesto análisis permanente de la constitucionalidad de cada medida por parte del oficialismo debería verse reflejado para evitar esta aprobación a las apuradas.

La situación también debe obligar a la oposición a admitir una cuota de responsabilidad en esta alocada aprobación de DNU.

La no realización periódica de sesiones durante el año pasado no justifica que no se hayan tomado los recaudos correspondientes para conocer el contenido de las funciones legislativas que, con el argumento de la emergencia, el Poder Ejecutivo fue adoptando.

No se puede actuar siempre al filo de la legalidad.

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