La Secretaría de Industria y Comercio de Nación imputó a 95 empresas prestadoras de servicios públicos de todo el país, por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Entre ellas, se encuentran seis de Mendoza. Cinco de ellas son distribuidoras eléctricas -Edemsa, la Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz, la Cooperativa Eléctrica de Monte Comán, Edeste SA y la Cooperativa Eléctrica de Rivadavia- y la restante es Ecogas.
Esto, en línea con la decisión del Gobierno nacional, que fue comunicada en septiembre, de prohibir que provincias y municipios impongan cargos adicionales en las facturas de servicios públicos. El ministro de Economía, Luis Caputo, había explicado entonces que el motivo de esta prohibición eran las “reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales como la luz y el gas”.
Y había precisado que “las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”.
Sin embargo, desde el Ente Provincial Regulador Eléctrico, habían manifestado que la situación ya estaba resuelta en Mendoza, a través de una resolución de 2019, que estableció el procedimiento para poder incluir estos ítems dentro del apartado de “conceptos no eléctricos”.
La presidente del EPRE, Andrea Molina, manifestó a Los Andes el viernes pasado que si un municipio o cooperativa -algunas, por ejemplo, también proveen el agua- quiere incluir el cobro de un ítem que no se vincula con el servicio eléctrico, debe convocar a una audiencia pública y presentar el pedido en el EPRE. De recibir aval, el cargo deberá figurar dentro de los “conceptos no eléctricos”. Y, aun así, cada usuario puede manifestar en la distribuidora que sólo quiere abonar el monto que corresponde al consumo de energía.
En cuanto a la tasa de “uso del espacio aéreo” que algunos municipios les cobran a las distribuidoras, y éstas transfieren a los usuarios -con lo que encarecen el monto final en comparación con otras localidades-, Molina indicó que es un tributo que las comunas tienen la facultad de cobrar, ya que se asocia a la prestación del servicio de electricidad, y que también sucede en otras partes del país.
El Ente Provincial Regulador Eléctrico no había recibido ayer una notificación sobre esta decisión del Gobierno nacional.
Imputaciones
La Secretaría de Industria y Comercio abrió 244 expedientes vinculados a las imputaciones. A Edemsa se le abrieron nueve sumarios; a Ecogas, seis, a Edeste, cinco, y al resto de empresas, uno. Las actuaciones, detallaron desde Nación, corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos. Asimismo, adelantaron que la autoridad de aplicación continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre.
A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo con lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que, en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta $2.130 millones.
Los Andes se comunicó con algunas distribuidoras eléctricas que cobran el mantenimiento del alumbrado público a los usuarios y plantearon que es algo que las empresas recaudan y “va directo” a las comunas o la provincia. Resaltaron que ellos cobran “por cuenta y orden de los municipios en base a lo dictaminado por el poder concedente”, que en este caso es el EPRE, por lo que acatarán lo que disponga el organismo en este sentido.
“Nosotros no hemos recibido ninguna notificación al respecto. Una vez nos llegue, vamos a ver qué contestamos. Pero lo que hay que dejar en claro es que no tenemos la facultad de decidir si se cobran o no esos ítems”, destacaron.
Además del alumbrado público, se incluye en las facturas una “tasa de fiscalización y control”, que es para mantener el trabajo del EPRE, y también un fondo compensador. “Todos esos ítems no están vinculados a lo que nosotros ofrecemos, que es la distribución de la energía eléctrica. Cobramos por cuenta y cargo de otros”, zanjaron.
Controversia
Romina Ríos, de la asociación civil de defensa de usuarios y consumidores Protectora, sostuvo que será importante conocer el descargo de las empresas imputadas, pero señaló que hay controversia en Mendoza respecto a este tema “porque la provincia y los municipios entienden que tienen potestad para celebrar cualquier tipo de convenios y dictar una normativa que establezca estas modificaciones”.
Ríos sostuvo que se cobra el mantenimiento del alumbrado público pero que en Nación entienden que lo debería cobrar cada municipio a través de las tasas. “Fue el EPRE el que permitió convenios entre municipios y distribuidoras para que agreguen este ítem en las facturas”, resaltó. De esta manera, la distribuidora recauda y la comuna se asegura de cobrar por el alumbrado, “porque los ciudadanos, cuando tienen problemas económicos, lo último que pagan son las tasas”.
También recordó que lo que sí quitaron de las facturas de servicios públicos “fueron cobros como el servicio de sepultura, que algunas cooperativas brindan como servicio y se paga ‘por fuera’ de esa boleta”.
Con respecto a Ecogas, dijo que dependen de los municipios estos convenios y que también se cobran tasas en las facturas de la distribuidora.
“Cuando las empresas hagan el descargo van a decir que están autorizados por la ley provincial y el organismo de control a celebrar esos convenios”, auguró.
El caso de Rivadavia
En Rivadavia, se cobra una sobretasa del 6% sobre los consumos de energía eléctrica. El Centro de Viñateros y Bodegueros del Este viene insistiendo en que este porcentaje no sólo impacta en las boletas de los usuarios residenciales e industriales en general, sino en las bodegas, que tienen un costo adicional por sobre las que se encuentran en otros departamentos.
Mauro Sosa, gerente de la entidad, resaltó que este ítem representa importes significativos, por los aumentos sucesivos, sumado a la quita de subsidios. Por eso, celebró la decisión del Gobierno nacional de que sólo estén incluidos en la boleta de servicios públicos los montos vinculados de modo directo a la prestación. Y añadió que quienes tienen pozo de riego, perciben una doble imposición por el alumbrado público.
Se debe recordar que los consumos de energía eléctrica a partir del 1 de noviembre tendrán un incremento promedio del 4,2%, por la combinación de dos ajustes: el del precio de la electricidad, que es un componente de la facturación que se determina desde Nación, y el del Valor Agregado de Distribución (VAD), que es de jurisdicción provincial.